Rechazan que el Govern pague la defensa del exconseller Carlos Delgado, absuelto en el caso Calanova

Archivo - José Ramón Bauzá y Carlos Delgado
Archivo - José Ramón Bauzá y Carlos Delgado - CAIB - Archivo
Europa Press Islas Baleares
Publicado: lunes, 3 agosto 2026 16:46

PALMA 3 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Consell Consultiu ha desestimado la reclamación del exconseller Carlos Delgado, que fue absuelto en el caso Calanova que juzgaba supuestas irregularidades en la adjudicación de un puerto deportivo en 2013, y que reclamaba al Govern el pago de los más de 52.000 euros de su defensa jurídica alegando que el Ejecutivo autonómico actuó contra él de mala fe.

En un dictamen reciente consultado por Europa Press, el Consultiu rechaza los argumentos del exconseller que en enero de 2025 fue absuelto por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de los delitos de prevaricación y tráfico de influencias.

Tras la absolución, el exconseller presentó una reclamación de responsabilidad en la que aseguraba que "como consecuencia de tan injusta e injustificada acusación", había sufrido "graves daños morales y económicos que, por la dificultad de ser evaluados, nunca podrán ser indemnizados".

Señalaba Delgado que, en cambio, sí que podía ser evaluado el coste derivado de su defensa jurídica, para lo cual presentó una factura de algo más de 52.600 euros.

"Evidentemente, la acción judicial se dirigió de mala fe contra mí por mi condición de miembro del Govern. Solicito que se abone al letrado la factura en la cuenta corriente que obra en la mencionada factura o, subsidiariamente, se me abone dicho importe en la siguiente cuenta corriente cuya titularidad ostento", apuntaba el que fuera responsable de Turismo a las órdenes de José Ramón Bauzá.

A grandes rasgos, el Consultiu argumenta que el exconseller no solicitó previamente ni formalmente la asistencia jurídica de los servicios de la Comunidad Autónoma, ni pidió autorización para contratar un abogado privado. Además, recuerda que el procedimiento se inició a raíz de la denuncia de un particular y que fue más tarde cuando la Abogacía de la Comunidad Autónoma se personó.

El órgano de consulta, al mismo tiempo, señala deficiencias en la cuantificación y efectividad del daño reclamado, al entender que el exconseller presentó una factura proforma y admitió no haber pagado todavía la minuta de su abogado. Tampoco demostró que el importe fuera razonable ni proporcionado conforme a los baremos orientativos de los colegios profesionales. Además, dado que el mismo abogado defendió a otros acusados en la misma causa penal, no se detalló qué actuaciones fueron exclusivas del reclamante y cuáles fueron compartidas.

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