Rechazan el recurso de un hombre condenado por controlar y asediar a su expareja durante año

Archivo - El Palacio de Justicia, sede del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) y la Audiencia Provincial, en la plaza Weyler de Palma.
Archivo - El Palacio de Justicia, sede del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) y la Audiencia Provincial, en la plaza Weyler de Palma. - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Islas Baleares
Publicado: miércoles, 18 marzo 2026 13:37

PALMA 18 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Baleares ha rechazado el recurso de un hombre condenado en un año y medio de prisión para asediar a su expareja, a la que tendrá que indemnizar con 3.000 euros por daños morales.

La sentencia condenatoria relata que el acusado mantuvo una relación sentimental con la denunciante y madre de su hijo durante 19 años, de la cual se separó en febrero de 2021.

Desde este momento, al no asumir la ruptura y para retomar la relación, empezó a perseguirla, vigilarla, incluso a fotografiarla con el móvil, acudiendo con asiduidad en su domicilio con el pretexto de ver al hijo o al polideportivo donde jugaba al fútbol.

Una de las veces la estuvo vigilando oculto detrás de un coche mientras la mujer se encontraba en compañía de su actual pareja sentimental que, después de marcharse juntos en su vehículo, les estuvo persiguiendo durante 15 minutos.

Esta situación ha generado un gran desasosiego a la víctima, que no puede vivir con normalidad ni realizar sus hábitos cotidianos ante el temor constante de encontrarse en el acusado.

Según el tribunal, la juzgadora consideró los hechos declarados por la mujer "confirmados" por la información de los testigos y por el contenido de la prueba documental practicada.

Así mismo, observa que la declaración es "persistente" y que la coartada defensiva que esgrime el acusado "se ve desmentida por la prueba de cargo".

Por otro lado, la Sala señala que los informes médicos presentados permiten argumentar que la mujer tuvo que ser atendida por cuadros de ansiedad en cuatro ocasiones y tratada por el Servicio de Atención Psicológica para las víctimas de violencia de género durante 2022, 2024 y 2025.

En este sentido, los magistrados concluyen que se considera correctamente efectuada la inferencia realizada por la juzgadora, "en cuanto que lógica, racional y de acuerdo con el resultado de las pruebas practicadas en el acto de juicio oral y, así mismo, concuerda la calificación jurídica de los hechos que efectúa, desestimado el recurso presentado y confirmando la sentencia dictada de instancia".

La sentencia no es firme y puede ser recorrida ante el Tribunal Supremo.

Contador

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado