El Consejo de Estado de Colombia deniega la medida cautelar y mantiene la investigación del CNE contra Petro

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Archivo - El presidente de Colombia, Gustavo Petro - Europa Press/Contacto/Cristian Bayona - Archivo
Publicado: jueves, 21 noviembre 2024 3:24

MADRID 21 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Estado de Colombia ha denegado este miércoles la medida cautelar solicitada por la defensa del presidente del país, Gustavo Petro, que pretendía suspender de forma inmediata la investigación del Consejo Nacional Electoral (CNE) por supuestas irregularidades en la financiación de su campaña en 2022.

El tribunal ha tomado esta decisión porque considera que no existe un riesgo probable de que el proceso judicial en curso pueda provocar un perjuicio irremediable en el acusado, ha informado W Radio.

Según el Consejo de Estado, "la medida cautelar no puede usarse para resolver de manera anticipada el fondo de la controversia, y en este caso no se evidenció que el tiempo necesario para decidir la tutela implique un daño irreparable para el presidente".

El anuncio llega después de que el abogado del mandatario colombiano, Héctor Carvajal, solicitara a principios de noviembre una medida cautelar para dejar sin efectos una resolución del Consejo de Estado que permitía al CNE investigar al presidente y a la Coalición Pacto Histórico, de la que era candidato.

La defensa considera que esta decisión afecta la estabilidad institucional y la figura del presidente como máxima autoridad administrativa. Además, estima que el CNE se está extralimitando de sus funciones y vulnerando el fuero de Petro como jefe del Estado.

El CNE está investigando tanto a Petro como al gerente de la campaña, Ricardo Roa; a la tesorera, Lucy Mogollón; y a los auditores María Soto y Juan Carlos Lemus. También los partidos políticos Colombia Humana, liderado por el presidente, y Unión Patriótica. La sala consideró que la campaña sobrepasó los límites en más de 5.300 millones de pesos (1,14 millones de euros) y que, además, recibió donaciones de personas jurídicas, extremo prohibido explícitamente por la ley electoral.

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