Archivo - Imagen de archivo de un pleno del Parlamento de Portugal - Europa Press/Contacto/Hugo Amaral - Archivo
MADRID 15 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Constitucional de Portugal ha declarado este lunes como insconstitucionales varias disposiciones de la ley de nacionalidad y modificaciones del Código Penal que abrían la puerta a la pérdida de la ciudadanía en el país europeo, que habían sido propuestos por el Gobierno conservador de Luís Montenegro y recibido el apoyo de la ultraderechista Chega y partidos liberales.
Durante la lectura de las decisiones, el presidente del tribunal, José João Abrantes ha dado ha conocer que ha habido unanimidad respecto de tres de las cuatro disposiciones de la ley de nacionalidad, que han sido declaradas inconstitucionales, mientras que la cuarta ha recibido únicamente un voto en contra.
Abrantes ha explicado que una de las cláusula declarada inconstitucional es la que impide el acceso a la ciudadanía portuguesa a toda persona condenada por un delito tipificado con una pena de prisión de dos o más años, puesto que impide evaluar en qué medida dicha condena menoscaba la integración en la comunidad portuguesa.
Otra disposición establece que "la consolidación de la nacionalidad no se aplica a los solicitantes de buena fe en casos de fraude manifiesto", pero el Constitucional ha determinado que no ofrece ningún criterio para distinguir entre obtención de nacionalidad por fraude, cuando ya se ha otorgado la nacionalidad, y fraude manifiesto, lo que "vulnera el principio de determinabilidad".
En tercer lugar, se ha declarado inconstitucional la cláusula que establece que la concesión de solicitudes de adquisición de nacionalidad pendientes "depende del cumplimiento de requisitos previos en la fecha de presentación de la solicitud y no, como ocurre en el régimen vigente, en la fecha de la decisión sobre la solicitud". Así, ha recordado que el Supremo ya concluyó que esto vulnera el principio de protección de la confianza legítima inherente al principio del Estado de derecho.
Por último, ha rechazado la que "determina la posibilidad de cancelar el registro de la nacionalidad debido a la constatación de conductas que rechazan de forma concluyente y abierta la adhesión a la comunidad nacional, sus instituciones y símbolos nacionales", puesto que "la falta de cualquier indicio" sobre el "patrón de comportamientos que puedan ser susceptibles de cumplir con dicho concepto hace imposible que los ciudadanos anticipen, con un mínimo de certeza, qué acciones podrían ser motivo suficiente para una acción de oposición a su adquisición de la nacionalidad portuguesa".
Respecto a la modificación del Código Penal, que prevé la posibilidad de pérdida de la nacionalidad, los jueces han considerado que, entre otras cosas, se vulneran los principios de igualdad y proporcionalidad.
La ley de nacionalidad y las enmiendas al Código Penal en este sentido fueron aprobadas a finales de octubre con 157 votos a favor y 64 en contra. Al haber recibido más de dos tercios de los votos del pleno, pueden seguir adelante, a pesar de las inconstitucionalidades declaradas tras la revisión solicitada por el Partido Socialista.