Francia/España.- Un tribunal francés desestima una denuncia contra 4 tabaqueras, entre ellas Altadis, por tabaquismo

Actualizado: viernes, 15 diciembre 2006 16:28

MADRID, 15 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Apelación de Rennes (Francia) ha desestimado la demanda interpuesta contra cuatro tabaqueras, entre ellas Altadis, por un importe de 25,28 millones de euros en concepto del gasto en materia de salud causado por el tabaquismo entre abril de 1997 y mayo de 2004, informó hoy la compañía hispano gala.

La demanda de la Caja del Seguro Médico de Saint Nazaire (CPAM) y la Caja Nacional del Seguro Médico (CNAM), que intervino voluntariamente en apoyo de dicha demanda, reclamaba la condena solidaria por daños y perjuicios de la compañía francesa Seita (ahora Altadis, tras su fusión con Tabacalera) y de otros tres fabricantes de tabaco.

Asimismo, la CPAM solicitaba el pago de un importe de 3,61 millones de euros al año en concepto de futuros perjuicios, "hasta el momento en que los productos derivados del tabaco ofrezcan al público la seguridad que cabe esperar".

Por último, reclamaba el pago de 214.114 euros correspondiente al coste de las actuaciones en prevención a fecha del 29 de enero de 2004. Con su decisión, este tribunal confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Saint-Nazaire y condena a la CPAM al pago de las costas.

Altadis espera que esta sentencia "ponga fin, de manera definitiva, a un intento de judicialización que no tiene en cuenta el marco reglamentario aplicable a los organismos de la Seguridad Social", actuando éstos en calidad de terceros, por lo que no pueden alegar perjuicio ante los importes desembolsados a sus asegurados.

En su sentencia, el Tribunal de Apelación ha ratificado que, tanto la CPAM como la CNAM, son terceras partes que no tienen acción directa para reclamar una indemnización por un perjuicio personal individual.

Únicamente podrán acceder a la demanda presentada, a título de subrogación, para el cobro de las prestaciones realizadas a sus asegurados, siempre y cuando se confirme la responsabilidad del autor del daño.