MADRID, 14 Ago. (EUROPA PRESS) -
La Corte Constitucional (CC) de Guatemala ha ratificado la imprescriptibilidad de los delitos de genocidio y crímenes contra la Humanidad, en respuesta al recurso presentado por la defensa del ex dictador José Efraín Ríos Montt.
El pasado 31 de mayo, los abogados del ex presidente 'de facto' presentaron un recurso de inconstitucionalidad alegando que los hechos supuestamente delictivos ocurrieron antes de que se promulgara la Ley de Amnistía, que los declara imprescriptibles, por lo que la norma jurídica no podía aplicarse a este caso.
En contra de esta tesis, la CC ha rechazado el recurso de inconstitucionalidad alegando que dichos delitos ya estaban tipificados en el Código Penal antes de la Ley de Amnistía y que, en cualquier caso, son imprescriptibles, de acuerdo con las convenciones internacionales.
El alto tribunal se pronunció el pasado 6 de agosto sobre esta cuestión, pero hasta este martes no se lo ha notificado a las partes, según ha informado el querellante Centro de Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH) al diario 'La Hora'.
El proceso judicial contra Ríos Montt se encuentra estancado desde el pasado 20 de mayo, cuando la CC dejó sin efecto todo lo actuado a partir del 19 de abril, debido a supuestas irregularidades, lo que supuso anular la sentencia.
Está previsto que el juicio se reanude hacia el mes de abril en el Tribunal B de Mayor Riesgo, a quien se lo adjudicó la Sala de Apelaciones de Mayor Riesgo después de que los tres magistrados del A --a los que la CC devolvió el caso-- se hayan negado a juzgarle de nuevo.
LA CONDENA
El pasado 10 de mayo, el Tribunal de Mayor Riesgo condenó a Ríos Montt a 80 años de prisión inconmutables por la muerte de 1.771 ixiles a manos del Ejército entre 1982 y 1983, el periodo más sangriento de la guerra civil guatemalteca (1960-1996).
La presidenta del Tribunal de Mayor Riesgo, Jazmín Barrios, declaró a Ríos Montt culpable de los cargos de genocidio, por el que le impuso 50 años de cárcel, y de crímenes contra la Humanidad, con una condena de 30 años de prisión.
Barrios argumentó que resulta "inexplicable" que Ríos Montt permitiera la masacre indígena, concluyendo que su objetivo era "la desaparición física del área ixil" a través de "planes elaborados", no de "acciones espontáneas", como alegaba la defensa.
No obstante, el Tribunal de Mayor Riesgo decidió absolver de ambos cargos al ex jefe de Inteligencia Militar José Mauricio Rodríguez Sánchez al considerar que "no tuvo injerencia en el campo de operaciones".