MADRID, 8 Jun. (EUROPA PRESS) -
Un tribunal de la ciudad japonesa de Fukuoka ha dictaminado este jueves que es inconstitucional prohibir el matrimonio entre personas del mismo sexo en el que constituye ya el tercer fallo de este tipo emitido por una corte nipona.
Los jueces han indicado que impedir este tipo de uniones va en contra de la Constitución, que estipula la igualdad de hombres y mujeres ante la ley, tal y como señalaba hace tan solo una semana el tribunal de Nagoya.
Así, el dictamen se suma a los de esta corte y la de Sapporo, que responden a las demandas presentadas después de la administración se haya negado a tramitad solicitudes de matrimonio de parejas del mismo sexo. Los demandantes insisten en que esto supone una violación de la Carta Magna, según informaciones de la agencia de noticias Kiodo.
La corte de Fukuoka ha matizado así que la legislación actual sobre el matrimonio homosexual "se encuentra en un estado que viola el artículo 24 de la Constitución, que pide introducir leyes basadas en la dignidad e igualdad entre sexos".
No obstante, los jueces han desestimado la demanda de tres parejas que solicitaban ser indemnizadas por daños y perjuicios al considerar que la legislación vigente no viola el artículo de la Constitución que versa sobre la igualdad ante la ley.
En marzo de 2021, un tribunal de Sapporo falló que el Código Civil y la ley de registro familiar violan las garantías constitucionales de igualdad ante la ley.