UE.- La abogado general del TUE recomienda condenar a España por no designar suficientes zonas de protección de aves

Actualizado: jueves, 14 septiembre 2006 18:53

En Andalucía, Baleares, Castilla-La Mancha, Canarias, Cataluña, Galicia y Valencia

BRUSELAS, 14 Sep. (EUROPA PRESS) -

La abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TUE), Juliane Kokott, recomendó hoy condenar a España por designar un número insuficiente de zonas de protección especial para las aves (ZEPA) y condenar al Gobierno a pagar las costas del procedimiento por las carencias halladas en Andalucía, Islas Baleares, Canarias, Castilla-La Mancha, Cataluña, Galicia y la Comunidad Valenciana.

La letrado opina a favor de la Comisión Europea al concluir que "España no ha designado suficientes zonas de protección especial de las aves" en estas siete comunidades autónomas y que en el caso de Andalucía, Islas Baleares y Canarias "la superficie de las ZEPA es demasiado pequeña".

Se trata de una opinión con respecto al recurso que presentó la Comisión contra España el 4 de junio de 2004 como último paso de un procedimiento de infracción que había empezado a 2000, cuando Bruselas notificó por primera vez al Gobierno su estimación de que no se habían designado suficientes ZEPAS y que, por tanto, había un número de especies de aves que no estaban suficientemente protegidas.

La Comisión se basó en la normativa comunitaria según la cual los Estados Miembros deberán aplicar "medidas de conservación especiales en cuanto a su hábitat, con el fin de asegurar su supervivencia y su reproducción en su área de distribución", de ciertas especies de aves, como aquellas en peligro de extinción, las más vulnerables a cambios en el ecosistema, las consideradas "raras" u otras que también requieran una atención particular.

En sus conclusiones, Kokott estima que los recursos que presentó la Comisión contra la designación de ZEPAS en cada una de las comunidades autónomas afectadas deben ser admitidos, en parte (Cataluña, Galicia y Valencia) o en su totalidad (Andalucía, Islas Baleares, Canarias, Castilla-La Mancha), según los casos.

POR COMUNIDADES

En Andalucía, la Comisión alegó que 37 de los 60 IBA identificados no estaban cubiertos por ninguna ZEPA y que diversas especies no estaban protegidas suficientemente, por ejemplo, el águila imperial española, la cigüeña negra, la focha cornuda, la cerceta pardilla o el cernícalo primilla. Agregó que la superficie designada, de un millón de hectáreas aproximadas, corresponde solamente a un tercio de las superficies cubiertas por las IBA.

Por que respecta a Islas Baleares, Bruselas constató que las 121.015 hectáreas que se identificaron como ZEPA sólo cubren el 54 % de las 20 IBA y criticó de manera particular que cubra de manera insuficiente el milano real, algo que finalmente fue admitido por España.

En Canarias la Comisión denunció que quedaron sin cubrir con ZEPAS un total de 23 IBA y que parte de las demás IBA sólo lo está parcialmente. Destacó, en especial, la insuficiente cobertura de la hubara, el alimoche común, la tarabilla canaria, el corredor y el petrel de Bulwer.

También en el caso de Castilla-La Mancha, la Comisión indica que 10 de las 39 IBA con una superficie de 261.000 hectáreas no están cubiertas en absoluto, y el resto sólo en un 32,3 %. Destaca también la insuficiente cobertura del cernícalo primilla y del sisón.

En Cataluña la Comisión señaló que 10 de las 21 IBA no están cubiertas por ZEPA y el resto sólo parcialmente, por lo que de las 62 especies reproductoras que se hallan en esta comunidad sólo algunas están protegidas de modo insuficiente el alcaudón chico, el urogallo, el cormorán moñudo, el sisón, la calandria, la alondra de Dupont, la carraca europea, la terrera común y la canastera.

Con respecto a Galicia, tres de las 11 IBA no están clasificadas como ZEPA y algunas de las otras sólo parcialmente, según la Comisión que indica que en total sólo un 10 % de las superficies comprendidas en las IBA está clasificado como ZEPA. Por lo tanto, es insuficiente la protección del avetoro, del aguilucho cenizo, del águila perdicera, del urogallo, del sisón, del halcón abejero y de la perdiz pardilla ibérica.

Finalmente, en el caso de la Comunidad Valenciana la Comisión menciona que cinco de las 21 IBA no están cubiertas por ninguna ZEPA, al igual que algunas partes de las restantes. Como consecuencia de ello, no están suficientemente protegidos en ZEPA el avetoro, la garcilla cangrejera, la cerceta pardilla, la malvasía cabeciblanca, la focha cornuda, el aguilucho cenizo y el águila perdicera. En este caso, España no se opuso al recurso y aseguró que seguirá designando áreas.

El Abogado General tiene por misión proponer al Tribunal de Justicia, de manera completamente imparcial, una solución jurídica para dirimir los asuntos que haya examinado. La opinión del Abogado General no vincula al TUE, que comienza a deliberar a partir de este momento y la sentencia se pronunciará en una fecha posterior.