UE.- Bruselas reclama información a 23 Estados, incluido España, sobre sus medidas contra la contaminación aérea

Actualizado: martes, 8 julio 2008 17:53

BRUSELAS, 8 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Europea solicitó hoy información a 23 Estados miembros --todos salvo Irlanda, Luxemburgo, Rumanía y Bulgaria-- sobre las medidas que han adoptado para cumplir la nueva directiva comunitaria sobre calidad de aire que limita el nivel de partículas contaminantes de mayor tamaño en suspensión en el aire.

Las denominadas partículas PM10, de mayor tamaño, producidas por las emisiones de los coches y la industria, contribuyen a enfermedades como el asma, problemas cardiovasculares, cáncer de pulmón e, incluso, pueden provocar la muerte prematura de una persona.

El comisario de Medio Ambiente, Stavros Dimas, recordó que "la contaminación aérea tiene impactos serios en la salud", motivo por el cual "el cumplimiento de los estándares" de niveles máximos de partículas nocivas debe constituir a su juicio "la máxima prioridad" de los Estados miembros y consideró que la entrada en vigor de la nueva directiva sobre calidad del aire en la Unión Europea, el próximo 11 de junio, reforzará los estándares de calidad de aire en el conjunto de Europa.

A pesar de que el Ejecutivo comunitario introdujo en 2005 "estándares obligatorios" de calidad de aire en los Estados miembros en relación a las partículas PM10, la nueva directiva introduce objetivos ambiciosos para limitar la presencia de estas partículas nocivas y su concentración límite hasta 2020, informó la Comisión en un comunicado.

En este sentido, la norma comunitaria estipula que ninguna zona podrá superar más de 35 veces al año una concentración de partículas PM10 de 50 microgramos, medidos en un periodo de 24 horas y tampoco se permitirá exceder en ningún caso las concentraciones de 40 microgramos de PM10, medidas una vez al año.

La nueva directiva permite a los Estados miembros solicitar a Bruselas "un periodo de tiempo adicional limitado" para cumplir los estándares "de acuerdo con determinadas condiciones" si, por ejemplo, se dan condiciones climáticas adversas para cumplir los estándares o no hay efectos transfronterizos.

Por ello, el Ejecutivo comunitario ha solicitado por carta a los 23 Estados, aquellos que sobrepasaron en 2006 los límites de partículas nocivas de mayor tamaño regulados por norma comunitaria, notificarle antes del 31 de octubre si se acogen a la exención limitada de tiempo para aplicar los estándares de calidad.

En el caso de la ampliación de tiempo para aplicar los niveles de calidad de aire relativos a las partículas PM10, Bruselas admitirá que los Estados miembros cumplan los estándares de la directiva a partir del 10 de junio de 2011.

A la hora de aceptar dicha exención, la Comisión Europea valorará la capacidad de un Estado miembros para cumplir los estándares de la nueva directiva en la fecha límite original para las partículas PM10 (enero de 2005) y deberá estar convencida de su capacidad para cumplir plenamente la directiva cuando acabe el plazo de tiempo eximido. Por ello, Bruselas les ha pedido que le entreguen información, antes del 30 de septiembre, sobre los pasos que están dando para cumplir los niveles de calidad de aire de la nueva directiva.

Bruselas recuerda a los Estados que tanto si no cumplen los estándares y niveles de calidad ni presentan sus notificaciones respectivas antes de las fechas indicadas, se reserva el derecho de iniciar procedimientos de infracción contra los Estados miembros. En términos generales, la Comisión calcula que el 40% de las zonas de calidad de aire en el conjunto de la Unión Europea no cumplen con los estándares aplicados a las partículas PM10.