UE.- El TUE anula la norma que obliga a castigar penalmente la contaminación procedente de buques

Europa Press Internacional
Actualizado: martes, 23 octubre 2007 18:03

BRUSELAS 23 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TUE) anuló hoy por cuestiones de procedimiento la norma comunitaria que obliga a los Estados miembros a castigar penalmente la contaminación procedente de buques. La sentencia da la razón a la Comisión, que presentó el recurso porque esta decisión marco se adoptó sin su participación ni la de la Eurocámara.

La norma en cuestión, adoptada en 2005, instaura la obligación de los Estados miembros de establecer sanciones penales efectivas, proporcionadas y disuasorias para las personas físicas o jurídicas responsables de la contaminación. Además, fija el tipo y grado de las sanciones que deben aplicarse en función de los daños que la infracción haya causado a la calidad de las aguas, las especies animales o vegetales, o las personas.

La decisión fue adoptada por los Gobiernos europeos en el ámbito de la cooperación policial y judicial en materia penal. El Ejecutivo comunitario la recurrió ante el TUE al considerar que la base jurídica no era la correcta porque la norma se refiere a la política común de transportes. Ello implica que Bruselas debería haber tenido el derecho de iniciativa y que la Eurocámara tendría que haber participado en el procedimiento legislativo.

El Tribunal de Justicia respalda los argumentos de la Comisión y destaca que la decisión marco tiene como objeto principal la mejora de la seguridad marítima y la protección del medio ambiente, por lo que debería haberse adoptado de acuerdo con el procedimiento comunitario, implicando no sólo a los Estados miembros sino también al Ejecutivo comunitario y al Parlamento.

La sentencia admite que, en principio, Bruselas no es competente en materia de derecho penal. No obstante, añade que sí puede obligar a los Estados miembros a establecer sanciones penales cuando ello constituye "una medida indispensable para combatir los graves atentados contra el medio ambiente". Por el contrario, por lo que se refiere a la determinación de los tipos y grados de las sanciones penales aplicables, el TUE concluye que ésta no es competencia del Ejecutivo comunitario.

La Comisión expresó su "satisfacción" por la sentencia y dijo que la estudiará en detalle antes de sacar más conclusiones.

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