UE.- El TUE confirma la multa de 10,35 millones que impuso la CE a Wanadoo por abuso de posición dominante

Actualizado: martes, 30 enero 2007 13:21

BRUSELAS, 30 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Primera Instancia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirmó hoy la multa de 10,35 millones de euros que impuso en 2003 la Comisión Europea a Wanadoo Interactive SA (WIN), filial del grupo France Télécom. La sentencia constata que, tal y como señaló Bruselas, su presencia en el mercado francés de internet era dominante y abusiva, en lo que se respecta a su política de fijación de precios por debajo de coste que, según el tribunal, estaría encaminada a eliminar a otros competidores.

El Tribunal de Primera Instancia emitió hoy una resolución, contra la que cabe recurso de casación en un plazo de dos meses, en la que desestimó el recurso que interpuso France Télécom contra la multa de la Comisión Europea, que, según la sentencia, "estaba en lo cierto al concluir que WIN había abusado de su posición dominante".

El caso comenzó en 1999 con la investigación que llevó a cabo el Ejecutivo comunitario sobre el suministro de servicios relativos al acceso al bucle local y a la utilización del bucle local residencial en toda la UE. Producto de ella fue el inicio en septiembre de 2001 de un procedimiento contra WIN, en virtud del cual examinó en detalle sus tarifas por el suministro de servicios de acceso a Internet de alta velocidad a los clientes de acceso residencial en Francia.

Bruselas concluyó que los precios predatorios de WIN para sus servicios de eXtense y Wanadoo ADSL no le permitían cubrir sus costes variables hasta agosto de 2001 ni los costes finales hasta octubre de 2002, "en el marco de un plan con el que pretendía apropiarse del mercado de acceso a Internet de alta velocidad". Por todo esto, la Comisión estimó que el comportamiento de WIN "constituía un abuso de su posición dominante en el mercado francés de acceso a Internet de alta velocidad para los clientes del acceso residencial", lo que le valió una multa de 10,35 millones de euros.

Wanadoo, y en su nombre su propietario, France Télécom, recurrieron esta resolución ante el Tribunal de Primera Instancia negando tanto la existencia de posición dominante como un eventual abuso de la misma. Sin embargo, el tribunal confirmó este martes el punto de vista de la Comisión al estimar, en primer lugar, que el Ejecutivo comunitario "tenía razón" al concluir que no existía un grado suficiente de intercambiabilidad entre la alta y la baja velocidad y al definir el mercado de referencia como el acceso a Internet de alta velocidad para clientes de acceso residencial.

Por lo que respecta a la posición dominante, el tribunal observa que ésta era precisamente la situación de Ganado dentro del mercado francés de acceso a Internet, "habida cuenta de la extremadamente importante cuota de mercado que mantuvo durante todo el periodo litigioso, el número de abonados ADSL --más de ocho veces superior al de abonados de su competidor principal-- y de su vinculación a France Télécom, el operador de telecomunicaciones tradicional en Francia, que le procuró ventajas frente a sus competidores".

En cuanto al "abuso" de esta posición dominante, el Tribunal de Primera Instancia se refiere a los precios predatorios, "inferiores a la media de los costes variables". Estos, estima la sentencia, "permiten presumir el carácter eliminatorio de una práctica de precios". Añade que "los precios inferiores a la media de los costes totales, pero superiores a la media de los costes variables, deben considerarse abusivos cuando se fijan en el marco de un plan destinado a eliminar a un competidor".

Así, la resolución da la razón a la Comisión, a la que, además, reconoce haber elegido y empleado "correctamente el método de cálculo de la tasa de cobertura de los costes" de WIN y concluye confirmando el importe de la multa impuesta a la empresa.