UE.- TUE da la razón a Industrias Químicas del Vallés y anula decisión de Bruselas de no autorizar uno de sus pesticidas

Actualizado: miércoles, 18 julio 2007 16:04

BRUSELAS, 18 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dio hoy la razón a la empresa española Industrias Químicas del Vallés y anuló la decisión de la Comisión de no autorizar uno de sus pesticidas basado en la sustancia activa metalaxil al considerar que Bruselas incurrió en errores procedimentales y que no hay pruebas de que su uso tenga riesgos para la salud pública o el medio ambiente.

El caso se remonta a 1995, cuando tanto Industrias Químicas del Vallés -con domicilio social en Mollet del Vallés- como la empresa alemana Ciba Geigy (posteriormente Syngenta) presentaron una solicitud para incorporar el metalaxil a la lista de productos fitosanitarios autorizados de la UE. Syngenta se acabó retirando del procedimiento y el Ejecutivo comunitario decidió en 2003 no autorizar la sustancia.

Mediante sentencia del 28 de junio de 2005, el Tribunal de Primera Instancia desestimó el recurso contra la decisión de Bruselas presentado por Industrias Químicas del Vallés, que decidió entonces acudir al Tribunal de Justicia.

En su sentencia de este miércoles, el TUE acepta las alegaciones de Industrias Químicas del Vallés de que le fue imposible presentar a la Comisión un expediente completo en el plazo fijado, que expiraba el 25 de mayo de 2002, por el tiempo y el esfuerzo necesarios para elaborar los estudios científicos requeridos.

El Tribunal subraya que el Ejecutivo comunitario podía haber concedido una prórroga del plazo para completar el expediente porque la normativa vigente lo permitía y ya lo había hecho en otros procedimientos similares de evaluación de sustancias activas.

Por otra parte, la sentencia deja claro que la Comisión "no ha negado en ningún momento, ni siquiera en la vista, la inexistencia de indicios de que el uso del metalaxil pueda entrañar algún tipo de riesgo para la salud pública o para el medio ambiente".

De ello se deduce, según la sentencia, que Bruselas incurrió en un "error manifiesto de apreciación" al negarse a otorgar a Industrias Químicas del Vallés una prórroga del plazo fijado para la presentación de los estudios que faltaban en su expediente y al decidir no inscribir el metalaxil en la lista de productos fitosanitarios autorizados.