El exdirector de Deportes del Cabildo de Tenerife, que originó el 'caso Mediador', camino del juicio oral

El Juzgado Número 5 de Santa Cruz de Tenerife apunta que intentó culpar al mediador de gastos indebidos por más de 3.000 euros

Europa Press Islas Canarias
Publicado: lunes, 16 junio 2025 15:07
Archivo - Palacio de Justicia de Santa Cruz de Tenerife
Archivo - Palacio de Justicia de Santa Cruz de Tenerife - GOBIERNO DE CANARIAS - Archivo
SANTA CRUZ DE TENERIFE, 16 Jun. (EUROPA PRESS) -

El exdirector de Deportes del Cabildo de Tenerife en el pasado mandato, Ángel Luis Pérez Peña, quien originó la investigación del 'caso Mediador' por una denuncia falsa, se encamina al juicio oral tras un auto el Juzgado de Instrucción número 5 de Santa Cruz de Tenerife que transforma las diligencias previas en procedimiento abreviado.

El fallo, avanzado por 'Canarias7' y al que ha tenido acceso Europa Press, ve "indicios racionales de criminalidad" y desestima el recurso de sobreseimiento de la defensa de tal forma que está investigado por los presuntos delitos de denuncia falsa o alternativamente un delito de simulación de delito, ambos en concurso con otro de estafa y también de falso testimonio contra reo en causa criminal.

El magistrado Alejandro Carrillo ha trasladado la causa a la Fiscalía y a las acusaciones personadas en la causa para que en un plazo de 10 días soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias indispensables para la tipificación de los hechos.

El caso se inició el 5 de diciembre de 2021 cuando Pérez Peña denunció ante la Policía Nacional el uso indebido de su tarjeta de débito, apuntando concretamente que se habían efectuado cinco cargos por un importe total de 2.575 euros sin su consentimiento.

La denuncia fue ratificada y ampliada en sede judicial a 728,45 euros en compras en unos grandes almacenes "con conocimiento de su falsedad y temerario desprecio hacia la verdad", por lo que resultó imputado el 'mediador', Marco Antonio Navarro Tacoronte, si bien el caso quedó sobreseido por "no ser ciertos" los hechos denunciados.

Igualmente, valiéndose de la denuncia inicial y manifestando en el escrito de reclamación a la financiera de los grandes almacenes que una persona desconocida había obtenido un duplicado de su tarjeta, obtuvo el reembolso de los cargos referidos de 728,45 euros --la firma se ha personado en la causa para--.

Según el informe policial elaborado por la Brigada de Delitos Tecnológicos, que analizó los teléfonos móviles entregados por Navarro Tacoronte, se concluye que Pérez Peña fue "consentidor" de los cargos fraudulentos ya que tuvo que confirmarlos a través de un sistema de doble verificación de banca online, "por lo que no cabe duda de que fue conocedor de cada una de las compras y de la participación de don Marco Antonio Navarro en las mismas", recoge el auto.

En cuanto a las compras en los grandes almacenes, de las conversaciones se desprende que el exdirector del Cabildo había estado presente, y por lo tanto eran "plenamente consentidas", aparte de que también conocía al letrado de Navarro Tacoronte.

El auto apunta que "aún entendiendo hipotéticamente que con la denuncia" Pérez Peña "no pretendía la incoación de un procedimiento penal, sino por ejemplo, servir de instrumento para devolución de compras, como afirmó en su declaración judicial, no se entiende como en su declaración judicial como perjudicado, con la condición igualmente de testigo de los hechos, y tras informarle la instructora de su obligación de decir verdad bajo apercibimiento de incurrir en delito de falso testimonio, reiterase su versión inicial, no ajustada a la realidad, lo que provocó que se mantuviese Marco Antonio Navarro Tacoronte en su condición de investigado hasta el resultado de las periciales".

NAVARRO TACORONTE NO ESTÁ INVESTIGADO

Por ello, el juez apunta que con su comportamiento procesal "pretendía la condena" de Navarro Tacoronte, "aceptando que su denuncia se dirigiese contra una persona determinada".

No obstante, señala que alternativamente podrían calificarse los hechos como de simulación delictiva, correspondiendo a las acusaciones fijar definitivamente el tipo por el que solicitan condena, sin vinculación a los delitos por los que se dicta la resolución.

Así, indica que "resulta lógico pensar" que si Pérez Peña hubiese denunciado los hechos tal y como ahora reconoce que sucedieron, "ni la Policía Nacional hubiese detenido a Marco Antonio Navarro Tacoronte y menos aún se hubiera incoado procedimiento penal".

Con respecto al delito de estafa, el exdirector solicitó la devolución de las compras efectuadas en los grandes almacenes limitándose a aportar la denuncia acompañada de un escrito genérico en el que no explica como sucedieron realmente los hechos.

Así, según las diligencias de prueba, Pérez Peña concedió autorización para la ampliación del autorizado de su tarjeta de compra.

La resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de reforma ante el propio juzgado en el plazo de 3 días o recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

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