Una sentencia obliga a San Bartolomé a remunerar el exceso de trabajado realizado por agentes de la Policía Local

Actualizado: viernes, 6 abril 2007 18:00


SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA, 6 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana deberá abonar con carácter retroactivo las horas extraordinarias trabajadas por los agentes de la Policía Local que no están adscritos a los denominados Grupos Operativos. Así lo recoge una sentencia del Juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de la capital, que viene a corregir el agravio comparativo existente en este cuerpo de seguridad en cuestión de horarios.

El juez ha reconocido a este grupo de policías que tienen derecho a recibir una remuneración por el "exceso de jornada efectivamente trabajada", una vieja aspiración de los afectados que en su momento fue rechazada por los responsables municipales. Sin embargo, el fallo judicial establece que ese silencio administrativo es positivo y estima el recurso presentado por los agentes ante el juzgado.

De hecho, el Ayuntamiento deberá pagar a estos policías unos 600.000 euros según estimaciones realizadas por el departamento de Hacienda, ya que la sentencia despliega sus efectos desde la actualidad hasta el día que fue presentado el recurso, esto es, el pasado 27 de mayo de 2002. También señala el juez que esa obligación se debe mantener en el futuro siempre y cuando persista el exceso de jornada trabajada.

En cualquier caso, ese desajuste laboral ha sido corregido recientemente, pues los policías que ganaron el pleito han conseguido una jornada igual a la del resto de compañeros, que consiste en 126 horas mensuales y reduce en 14 el horario de antaño. También han logrado un sistema de libranza por semanas alternas, que se aprobó el miércoles en una mesa de negociación y del que antes sólo disfrutaban los agentes de los Grupos Operativos, más especializados en la seguridad ciudadana y con mayor presencia nocturna.