Trib.- Expertos sostienen que los 76 chalés de Vilaflor (Tenerife) pueden ser demolidos tras la anulación de su licencia

Actualizado: domingo, 25 mayo 2008 15:01

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 25 May. (EUROPA PRESS) -

La anulación parcial de la licencia otorgada por el Ayuntamiento de Vilaflor, en Tenerife, para la construcción de 76 adosados en el Camino Real de La Escalona podría llevar a la demolición de las construcciones, según han señalado fuentes jurídicas a Europa Press.

Esta semana se daba a conocer la sentencia del Juzgado, número 3, del Contencioso Administrativo en la que se daba la razón a la Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN) por la construcción fuera de ordenamiento de 76 chalés adosados en el municipio chasnero.

La decisión, según fuentes jurídicas, podría llevar al derribo de las edificaciones, por anularse la licencia y estar construidas en suelo rústico potencialmente productivo sin que se haya modificado el Plan General de Ordenación y sin el correspondiente cambio de uso de los terrenos, competencia de la Comisión de Ordenación del Territorio y el Medio Ambiente de Canarias.

Según han explicado, esta sentencia podría llevar a que las administraciones implicadas e incluso los demandantes puedan pedir que se declaren ilegales las viviendas --así lo ha considerado ya el dictamen-- y que se proceda a su derribo.

ATAN DISPUESTA A DENUNCIAR AL ALCALDE.

La asociación demandante, según se recoge en el diario La Opinión, está dispuesta a denunciar al alcalde de Vilaflor, Manuel Fumero, por su presunta 'responsabilidad' en la concesión de licencias, pues según recoge la misma sentencia podría haber 'atentado' contra el artículo 189.1 b)2 del Texto Refundido

Según este decreto son responsables "el titular del órgano administrativo unipersonal que haya otorgado las aprobaciones, autorizaciones o licencias sin los preceptivos informes o, dolosamente, en contra de los emitidos motivadamente en sentido desfavorable por razón de la infracción".

Son responsables también, según este decreto, "los miembros de los órganos colegiados que hayan votado a favor de dichas aprobaciones, autorizaciones o licencias en idénticas condiciones; y el Secretario del Ayuntamiento que no haya advertido de la omisión de alguno de los preceptivos informes técnico y jurídico, así como el funcionario que, dolosamente, haya informado favorablemente con conocimiento de la vulneración del orden jurídico".