Trib.-La fiscal reduce a 6 años la cárcel del acusado que, ebrio, lanzó una cámara a su novia que perdió un ojo

Actualizado: jueves, 8 mayo 2008 17:55

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 8 May. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía rebajó hoy de 10 a 6 años y seis meses la solicitud de cárcel para el acusado de lanzar una videocámara hacia el rostro de su novia en Las Palmas de Gran Canaria, después de que ella se negó a que la grabara desnuda y, como consecuencia del impacto, perdió totalmente la visión del ojo izquierdo. El procesado afirmó haber ingerido alcohol antes de la reyerta, lo que sirvió de atenuante para la reducción de la pena solicitada.

Durante el juicio celebrado hoy en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas, el acusado F.J.G.S, de 39 años de edad y natural de Vigo (Galicia), admitió la "discusión subida de tono" con su entonces pareja sentimental después de haber bebido ingentes cantidades de alcohol.

El varón ya fue ejecutoriamente condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de la localidad gallega en una sentencia del 19 de febrero de 2003 por delitos de resistencia o desobediencia y conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas.

F.J.G.S. reconoció a preguntas de la fiscal que sobre las 23.00 horas del 3 de abril del 2006, propuso a su pareja que pasara la noche en su compañía en su apartamento de la capital grancanaria e intentó grabarla desnuda con una videocámara, pero ella "se negó rotundamente como había hecho en otras ocasiones".

De ahí que se iniciara una "fuerte discusión" entre ambos, en la que forcejearon por la cámara, que cayó al suelo y al recogerla y observar que estaba rota, el acusado, a voz en grito, se dirigió a su pareja diciéndole "mira ya me rompiste la cámara". "Me pareció mal que hubiera tirado la cámara al suelo", añadió el procesado.

Posteriormente, con ánimo de menoscabar la integridad física de la mujer "se la lanzó con fuerza hacia su rostro impactando de pleno en su ojo izquierdo lo que hizo que ella se mareara".

A continuación, el acusado empujó a su pareja al tiempo que le decía "fuera de mi casa", si bien, ante las súplicas de ésta, le permitió vestirse, ya que llevaba puesto tan sólo una camiseta.

EL DOLOR NO CESÓ.

Al salir del apartamento, la víctima sufrió un desvanecimiento en el pasillo y al recuperar la conciencia se dirigió a su domicilio donde, sin darle mayor importancia al golpe, se aplicó en el ojo un remedio casero, añade el escrito.

Sin embargo, al día siguiente como el dolor aumentaba acudió a una farmacia donde le recomendaron dirigirse a urgencias, por lo que la víctima fue a la clínica Perpetuo Socoro, en la capital, desde donde la derivaron al Hospital Insular.

Como consecuencia de la presunta agresión del acusado, la víctima ha perdido totalmente la visión del ojo izquierdo. Según los médicos forenses, el hombre padece un "trastorno de personalidad no especificado y mantiene íntegras sus capacidades cognitivas y volitivas en condiciones habituales de su existencia".

LA VÍCTIMA DICE QUE NO HA PODIDO EJERCER MÁS COMO PROFESORA DE PIANO.

Asimismo, la víctima, que declaró en calidad de testigo, manifestó haber quedado "muy perjudicada" debido a las secuelas producidas tras la pelea. De hecho, "era profesora de piano" y ahora no puede "dar clases y ni siquiera conducir", aseguró la mujer a preguntas de su abogado.

Por su parte, el acusado, en su última intervención en el juicio, quiso dejar claro que durante los dos años que mantuvo una relación sentimental con la víctima ésta "no dio clases de piano" en ningún momento.

En todo caso, tras las declaraciones, el Ministerio Público cambió su escrito de conclusiones y rebajó de 10 a 6 años y seis meses la pena de prisión por un presunto delito de lesiones por la atenuante de que el acusado había bebido alcohol y estaba bajo sus efectos durante la disputa.

No obstante, la fiscal mantuvo la prohibición de acercarse a menos de 500 metros a la víctima o de comunicarse con ella en forma alguna durante el plazo de 10 años. Además, la fiscal, solicitó que el acusado indemnice a la perjudicada en la cantidad de 50.000 euros.

La acusación particular solicitó lo mismo que la fiscal y mantuvo la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima, mientras que la defensa, que en un principio solicitaba la absolución para su cliente, cambió su escrito de conclusiones y se adhirió a lo solicitado tanto por la Fiscalía como por la acusación particular.