TSJC archiva denuncia del SUP contra el presidente del PP en Canarias por presuntas injurias en el 'caso salmón'

Actualizado: martes, 22 diciembre 2009 15:47

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 22 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado un auto en el que acuerda el sobreseimiento libre y el archivo de las actuaciones relacionadas con la denuncia presentada por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) en el archipiélago contra el presidente del PP en las islas, José Manuel Soria, y contra la presidenta del Grupo Parlamentario Popular, María Australia Navarro --ambos aforados por ser diputados del Parlamento regional--, al considerar que los hechos denunciados no son constitutivos de presuntos delitos de calumnias e injurias a las fuerzas y cuerpos de seguridad en el denominado 'caso salmón'.

El auto recoge que el 13 de mayo de 2009 el secretario del SUP, José Enrique Pérez, presentó una denuncia contra el también vicepresidente y consejero de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, en el transcurso de una rueda de prensa que tuvo lugar el pasado 4 de mayo, realizó diversas declaraciones, posteriormente publicadas en varios medios de comunicación, en las que acusaba a la Policía de falsear informes y datos por orden de la superioridad, unas manifestaciones que surgen a raíz de su comparecencia ante la magistrada instructora del caso, Margarita Varona, en relación a la investigación de su viaje a Noruega y Austria en agosto de 2005 invitado por el empresario noruego fallecido Björn Lyng y sus vacaciones en Anfi del Mar, en el municipio grancanario de Mogán.

Asimismo, el secretario del SUP denuncia que dos días después, el 6 de mayo, María Australia Navarro, en declaraciones publicadas por un medio de la provincia de Las Palmas, vino a ratificar las manifestaciones realizadas por Soria afirmando que las mismas demostraban "las falsedades mentiras e insidias" de dos informes policiales relacionados con el 'caso salmón'.

BELLINI SE ABSTUVO

La resolución del magistrado Fernando de Lorenzo Martínez detalla que el 19 de mayo de 2009 la magistrada Carla Bellini Domínguez, a quien, según las normas de reparto, correspondería la instrucción del procedimiento en caso de admitirse a trámite la denuncia, planteó su abstención con base en la causa novena del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, causa que fue aceptada, y la abstención se tuvo por justificada, mediante Auto dictado el 20 de mayo de 2009 por esta Sala.

En virtud de las normas de sustitución fue designado instructor de las actuaciones Fernando de Lorenzo Martínez para el caso de que se admitiera a trámite la denuncia interpuesta.

Con carácter previo a la admisión a trámite de la denuncia, la Sala acordó el 1 de junio de 2009 requerir a los diarios Público, La Provincia y Canarias7 para que remitieran a este órgano judicial los originales de los artículos donde se recogían las manifestaciones efectuadas por los denunciados y que eran objeto del escrito de denuncia, lo cual se llevó a efecto por los tres referidos diarios en los días 4 y 8 de junio del año en curso.

LA SALA SE DECLARÓ COMPETENTE

Posteriormente, el 23 de junio de 2009 la Sala acordó admitir a trámite la denuncia interpuesta y se declaró competente para el conocimiento de los hechos denunciados.

De esta forma, el magistrado instructor recibió declaración al denunciante José Enrique Pérez Ramos, secretario general del SUP en Canarias, el día 8 de julio, y a los denunciado José Manuel Soria López y María Australia Navarro de Paz el 13 de julio de 2009.

Asimismo, el día 17 de julio de 2009 el magistrado instructor acordó que por la secretaria judicial se dedujese testimonio de los informes y oficios policiales, y de las contestaciones a los mismos, que figuraban unidos a las diligencias previas de esta Sala; unido dicho testimonio a las presentes actuaciones, el 18 de septiembre el instructor acordó oir al Ministerio Fiscal a fin de que, previo traslado del procedimiento, instara lo que estimase oportuno.

Así pues, el día 11 de noviembre de 2009 tuvo entrada en esta Sala el informe del Ministerio Fiscal que considera que los hechos objeto de la denuncia no son constitutivos de delito y que procede el archivo de las actuaciones.

De ahí que la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado un auto en el que acuerda el sobreseimiento libre por no ser los hechos denunciados constitutivos de delito y el archivo de las actuaciones.