LOGROÑO 14 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Penal número 2 ha condenado a F.J.N.M. a una pena de cinco meses de prisión por un delito contra la integridad moral, al haber acosado a su vecina. El hombre podrá eludir la cárcel si no delinque pero no podrá acercarse a ella. Antes del juicio, le indemnizó con 40.000 euros.
Según considera probado la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el hombre, de cincuenta años, en el año 1997, comenzó a hacer llamadas "de contenido erótico" a su vecina.
Además, le lanzaba prendas íntimas y le dejaba mensajes tanto en el contestador de casa como en el de su lugar de trabajo. Como consecuencia del acoso, la mujer padeció un trastorno depresivo que precisó tratamiento psiquiátrico y psicológico.
El acusado ya ha indemnizado, antes del juicio, a la víctima con 40.000 euros, y ésta ha renunciado al ejercicio de acciones civiles y penales.
En el fallo, se considera al acusado responsable en concepto de autor de un delito contra la integridad moral, con la concurrencia de la atenuante muy cualificada de reparación del daño.
Se le condena a cinco meses de prisión, una pena que eludirá si no delinque en dos años, y alejamiento de la mujer a una distancia mínima de 200 metros durante cinco años.