LOGROÑO 11 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) ha publicado la resolución de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se regula la figura del coordinador o coordinadora de convivencia, bienestar y protección del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma y se establece su asignación horaria.
En total, 116 centros disponen de coordinadores que impulsan la convivencia positiva y garantizan la protección del alumnado frente a cualquier forma de violencia o conflicto, promoviendo la corresponsabilidad de la comunidad educativa y la participación de los estudiantes.
La resolución que publica hoy el BOR recoge la asignación horaria de dedicación del profesorado a la figura del coordinador en cada centro, a partir del próximo curso, así como las funciones que deben desarrollar en los centros.
En concreto, durante este curso escolar, 88 centros públicos y 28 privados concertados disponen de una persona coordinadora de convivencia, aunque estos últimos, si imparten más de una etapa educativa, pueden designar una persona coordinadora por cada etapa, siempre que no se supere el límite máximo de horas establecido a cada centro a través de esta resolución.
Entre las funciones que corresponden a las personas coordinadoras de convivencia, se encuentra la coordinación del plan de convivencia del centro y colaborar en la elaboración de políticas de protección del alumnado; diseñar y promover actuaciones y programas de mejora de la convivencia, el buen trato y la resolución pacífica de conflictos; impulsar la formación de la comunidad educativa en prevención, detección precoz y protección frente a la violencia; y fomentar la participación del alumnado y las familias, prestando especial atención al alumnado en situación de vulnerabilidad.
Además, los coordinadores o coordinadoras de convivencia detectarán de forma temprana situaciones de riesgo y activarán los protocolos establecidos, coordinando las actuaciones con los servicios competentes; garantizarán la confidencialidad de las intervenciones y evitarán la estigmatización; y promoverán medidas de recuperación educativa para las víctimas y actuaciones de carácter reeducativo para el alumnado agresor, entre otras funciones.