LOGROÑO 20 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Hacienda y Empleo ha aprobado una Orden que regulará el funcionamiento de los registros de Cajas de Ahorro de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de altos cargos de las Cajas de Ahorro con domicilio social en La Rioja, en desarrollo de la Ley de Cajas de Ahorro de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
La orden, que se publica hoy en el Boletín Oficial de La Rioja, define la organización y funcionamiento de los dos registros, así como su contenido, el procedimiento de inscripción y la publicidad de los mismos. El Registro de las Cajas de Ahorro de La Rioja se divide en tres secciones. En la primera se inscribirán las Cajas de Ahorro con domicilio social en La Rioja, en la segunda, las Cajas que operan en la Comunidad Autónoma de La Rioja pero tienen su domicilio social fuera de la misma y, por último, en la tercera sección se inscribirán las fundaciones de obra social de las Cajas de Ahorro con domicilio social en La Rioja que gestionen total o parcialmente la obra social. Por su parte, el Registro de Altos Cargos, constituido con fines informativos y de control, englobará las inscripciones de los nombramientos, ceses y reelecciones de los vocales del Consejo de Administración, de los miembros de Control y del director general o cargo asimilado de las Cajas de Ahorro con domicilio social en La Rioja.
Se estructura en cuatro secciones: Asamblea General, Consejo de Administración, Comisión de Control y Director General o asimilado. El procedimiento de inscripción se iniciará mediante solicitud de la Caja de Ahorro dirigida al titular de la Consejería de Hacienda, y contendrá información relativa al número de oficinas que se pretenden abrir, especificando si es oficina principal o sucursal, su denominación, así como el domicilio y la localidad, entre otras. En el caso de la apertura de una Caja de Ahorro con domicilio fiscal fuera de La Rioja, deberá solicitar la inscripción quince días antes de la apertura de su establecimiento. Ambos registros son públicos, por lo que cualquier persona tendrá acceso a los mismo, siempre que justifique un interés legítimo.