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LOGROÑO, 30 Mar. (EUROPA PRESS) -
El pleno del Ayuntamiento de Logroño ha aprobado hoy por unanimidad, de forma definitiva, la Ordenanza reguladora de la tenencia responsable y protección de animales de Logroño. El texto, que ha obtenido el respaldo de todos los grupos municipales, entrará en vigor en el plazo de 15 días tras su próxima publicación en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR).
La concejala responsable del área de Bienestar Animal, Amaia Castro, ha agradecido el apoyo obtenido por todos los grupos y concejales a esta Ordenanza. Ha subrayado que este nuevo texto "nace del impulso político de este equipo de Gobierno y su objetivo de avanzar en el bienestar animal y en mejorar la convivencia en la ciudad, además de la necesidad de armonizar nuestra normativa a la nueva legislación autonómica y nacional surgida a partir de 2011, fecha en la que se aprobó la modificación de la Ordenanza de 2002 que rige hasta ahora".
También ha agradecido la contribución de todas las personas y colectivos que han colaborado en la elaboración de un texto, aprobado de forma inicial el pasado 12 de enero, que "no recibió alegaciones ni reclamaciones durante el plazo de exposición pública; las únicas modificaciones no sustanciales que se han incorporado desde entonces hasta ahora han sido realizadas para mejorar y clarificar el texto".
LA ORDENANZA.
La nueva Ordenanza incorpora una Exposición de Motivos, cuestión de la que adolecía la anterior, en la que se aclara su encaje a la actual normativa europea, nacional y autonómica en la materia. Asimismo, la nueva normativa es más extensa, ya que contiene 41 artículos frente a los 25 de la anterior.
Contiene también diferencias en cuanto a su estructura y diferenciación clara de cada uno de los cinco títulos en los que se desarrolla: disposiciones generales, convivencia y tenencia responsable, identificación y control sanitario de animales de compañía, protección y control de los animales y régimen sancionador.
Se establecen ahora finalidades claras que no se marcaban en la Ordenanza de 2011, como el reto de alcanzar el máximo nivel de protección y bienestar animal, promover y fomentar la tenencia responsable y el respeto hacia los animales, a través de formación y divulgación; avanzar hacia la reducción de las pérdidas y abandonos de animales; fomentar la adopción responsable y lograr también un mayor grado de convivencia pacífica entre ciudadanía y animales, preservando la salud y seguridad de las personas y también la defensa de los derechos de los animales como seres sintientes.
La Ordenanza aprobada por el pleno establece de forma clara las obligaciones y las prohibiciones de la Tenencia responsable, así como todo lo referido a la convivencia. En el apartado de obligaciones, el artículo 4 detalla las condiciones mínimas para el adecuado mantenimiento y cuidado de los animales conforme a su condición de seres sintientes.
Asimismo, en cuanto a las prohibiciones se establecen aspectos como el abandono, el maltrato, la agresión física a los animales o someterlos a prácticas que les puedan provocar sufrimientos, daños o angustia, tanto de manera activa como por omisión.
También incluye otras prohibiciones más lógicas, como mantenerlos atados permanentemente o en espacios no acondicionados o practicar mutilaciones, ya que antes se permitían las estéticas, además de las peleas, circos con animales, vandalismo a colonias felinas o uso de collares de pinchos y eléctricos, entre otros.
En el capítulo dedicado a Convivencia, "otro de los temas que era preciso actualizar en la Ordenanza municipal era el de la circulación de los animales, fundamentalmente perros, por las vías y espacios públicos". En este sentido, ha explicado la concejala de Bienestar Animal, "se han establecido zonas de esparcimiento canino de uso exclusivo, con sus correspondientes normas de uso".
Además, tal y como se detalla en el texto, "se establecerán según autorización municipal, en este caso a través de resolución de alcaldía, aquellas zonas y parques públicos donde se permitirá que los animales puedan circular sueltos a determinadas horas del día, así como también las zonas y parques donde no estará permitido".
De este modo, el mismo día en que entre en vigor la nueva Ordenanza (15 días tras su publicación en el BOR) se publicará una Resolución de Alcaldía en la que se especifique el listado de parques y zonas verdes de la ciudad, así como los horarios, en los que esté permitido o prohibido llevar a los perros sueltos. Hasta esa fecha, sigue en vigor la anterior Ordenanza de Animales en la que ya se incluye esta información.
Asimismo, se prohíbe que los animales orinen o defequen en fachadas de edificios y locales, así como en elementos del mobiliario urbano y la persona que conduzca al animal está obligada a eliminar las heces mediante depósito de bolsas impermeables en papeleras y, respecto a los orines, será obligatorio usar agua para eliminarlos en superficies sólidas y diluirla en zonas verdes o alcorques. Por todo ello, la norma explica que se deberá llevar consigo los elementos (bolsas, recogedor, botella, etc.) necesarios para recoger y limpiar las deyecciones en la vía pública.
Otra de las novedades establece que los animales de compañía podrán acceder a los edificios públicos municipales que presten servicios de naturaleza únicamente administrativa. Dedica un capítulo a los perros sueltos. Esta norma indica que, con carácter general no podrán estar sueltos ni circular sin correa en parques, plazas, zonas públicas y privadas de uso común, pero sí establece las zonas donde sí pueden estar sueltos, como las zonas acotadas por el Ayuntamiento o en los lugares dispuestos (parques, plazas y zonas públicas), en las franjas horarias y estacionales según autorización municipal.
También incluye un título completo para la Identificación y el Control Sanitario de los animales de compañía. Respecto a la identificación, la norma refleja lo establecido en la Ley autonómica y en relación al control sanitario incorpora aspectos como los protocolos de intervención en casos de animales causantes de lesiones, el establecimiento en Logroño del sacrificio cero y otros como el uso preferente de sistemas disuasorios de ahuyentación en casos como el control de población de aves, entre otros.
Otra de las novedades de la norma se encuentra en el establecimiento de un título completo a Protección y Control de Animales, en el que se incluye un artículo específico sobre el fomento de la adopción, un capítulo específico sobre asociaciones de protección y defensa de los animales, así como un capítulo entero dedicado a la gestión de las colonias felinas.
El nuevo texto normativo dedica el último título al Régimen Sancionador. Por un lado, se incrementa el grado de especificación de las infracciones leves, graves y muy graves. Por otra parte, se actualizan y elevan las cuantías establecidas en las multas. Las infracciones leves serán hasta 750 euros (hasta 150 en la actual normativa), las graves irán desde 751 hasta 1 500 euros (de 150 a 450 en la actual) y las muy graves irán desde 1 501 hasta 3 000 euros (de 450 a 901 en la vigente Ordenanza).
Por último, la Ordenanza concluye su último artículo con un apartado dedicado a la Inspección y Vigilancia. Sin perjuicio de las inspecciones que los órganos autonómicos puedan llevar a cabo, el Ayuntamiento desarrollará las inspecciones relacionadas con el cumplimiento de la ordenanza, sobre todo lo relacionado con la tenencia de animales y las condiciones de higiene y salubridad, zoonosis, seguridad, así como la vigilancia de los animales potencialmente peligrosos. La inspección se llevará a cabo por los miembros de la Policía Local y por las veterinarias y veterinarios municipales.