La temporada de caza comenzará el 15 de agosto en La Rioja con la apertura de la media veda

Actualizado: martes, 23 junio 2009 17:41

LOGROÑO, 23 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial publicará este próximo viernes 26 de junio en el Boletín Oficial de La Rioja la orden que regula las limitaciones y períodos hábiles de caza para la temporada cinegética 2009-2010 y cuya finalidad es proteger y conservar la riqueza faunística de La Rioja, haciendo compatible el disfrute de sus valores recreativos, estéticos, culturales y científicos con un adecuado aprovechamiento cinegético.

La temporada de caza comenzará el próximo 15 de agosto con la apertura de la media veda en toda La Rioja que se prolongará hasta el 6 de septiembre. El período hábil para la práctica de esta modalidad serán los martes, jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional o autonómico y los horarios autorizados van desde una hora antes de la salida del sol a una hora después de su puesta.

Las especies cuya caza está autorizada en toda la Comunidad Autónoma en media veda son: codorniz, tórtola común, paloma torcaz, urraca, grajilla, corneja negra, estornino pinto y zorro. La práctica de esta modalidad de caza a lo largo de esta temporada podrá realizarse en terrenos cinegéticos cuyo Plan Técnico lo contemple y exclusivamente en eriales, rastrojeras, acequias, praderas y barbechos con vegetación herbácea. La normativa prohíbe expresamente cobrar piezas en el interior de fincas donde todavía no se haya recogido la cosecha.

La Orden también establece los períodos y limitaciones para la caza menor y la caza mayor en La Rioja. Fija, además, aquellos terrenos no cinegéticos en los que queda prohibido el ejercicio de la caza en toda la temporada y establece las normas correspondientes a armas, municiones y métodos y procedimientos prohibidos, entre otras cuestiones.

La Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial publicará un folleto donde se recogerán a modo de resumen las normas establecidas en esta normativa y que podrá obtenerse en las oficinas de la Dirección General de Medio Natural o descargarse a través de la web del Gobierno de La Rioja www.larioja.org