MADRID, 23 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid alerta del uso del procedimiento negociado sin publicidad y de la urgencia injustificada en algunos de los contratos que llevó a cabo la Comunidad de Madrid en 2009, al tiempo que destaca que sí se ha notado un "considerable incremento" del uso de los procedimientos abiertos, un 27 por ciento más que en 2008.
En el Informe de Fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad de Madrid relativo al ejercicio 2009, consultado por Europa Press, la institución señala que en el ejercicio 2009 se celebraron 1.601 contratos administrativos por importes superiores a los establecidos para contratos menores, con un importe total de adjudicación de 2.888.532.000 euros, de los cuales 27.592.000 euros se adjudicaron mediante procedimiento negociado, y 2.860.940.000, por procedimiento abierto.
Si se comparan con las cifras del año anterior, en 2008, se tramitaron 59.931.000 euros por procedimiento negociado y 675.911.000 euros, por procedimiento abierto, lo que hace un total de 735.842.000 euros.
Atendiendo al número de expedientes, en el caso de los realizados por procedimiento negociado, en 2009, se celebraron 275, frente a los 322 de 2008. En el caso de los abiertos, se pasó de 1.040 en 2008 a 1.326 en 2009.
"Se ha producido un considerable incremento de la utilización de los procedimientos abiertos, un 27 por ciento más en número de expedientes respecto al ejercicio anterior, lo que supone una consolidación del modo de hacer orientado a la publicidad y libre concurrencia que viene observando la Comunidad de Madrid", afirma el informe, que indica que en este caso se han fiscalizado 181 contratos con un importe de 2.342.036.110 euros, lo que representa un 81 por ciento del importe total adjudicado.
INCIDENCIAS RESEÑABLES
Las incidencias más significativas se encuentran, por ejemplo, en el contrato de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior por valor de 800.000 euros para "acciones educativas y de sensibilización preventiva de incendios forestales en la Comunidad de Madrid para el año 2009". En este caso, la Cámara aprecia que la Comunidad lo tramitó por "procedimiento de urgencia" señalando que era "necesario acelerar su adjudicación por razones de interés público", pero "sin especificar cuáles son las razones".
Cita también un expediente de la Consejería de Educación por valor de 233.700 euros para "suministro, alquiler, transporte, montaje y desmontaje de aulas prefabricadas para colegios e institutos de la Comunidad".
En este caso, la Cámara apunta que se declaró la tramitación de urgencia "amparándose en la necesidad de que las aulas prefabricadas estuviera disponible en diciembre de 2008", pero añade que "dicha justificación era imposible cumplimiento porque la propuesta de contratación se firma el 24 de septiembre de 2008 y el plazo previsto de ejecución previsto es de cinco meses".
Otro de los casos llamativos es el de un contrato de 98.294 euros del Servicio Regional de Bienestar Social de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales para la "reforma y sustitución del sistema de producción de frío para la climatización de la Residencia de Mayores de Alcorcón".
A este respecto, la Cámara explica que uno de los criterios de acreditación de la solvencia técnica o profesional establecidos en los pliegos del contrato es haber prestado al menos un servicio a la Comunidad de Madrid", cosa que "no puede utilizarse por tener carácter discriminatorio".
Analiza también otro expediente --- uno de la Consejería de Educación para la construcción de un colegio 1ª fase 9 unidades infantil en PAU La Montaña en Aranjuez -- y dice que "no consta la resolución preceptiva de la intervención general de la Comunidad de Madrid" al "haberse formulado reparto por la intervención delegada".
Asimismo, se refiere a un expediente relativo a la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración sobre "asesoramiento y supervisión estrategia creativa campañas de publicidad de la Consejería".
"El pliego de prescripciones técnicas particulares adolece de falta de precisión en cuanto a las concretas actividades a realizar por el adjudicatario y establece el valor estimado, que coincide exactamente con las cuantías que permiten acudir al procedimiento negociado sin publicidad, de una manera global, sin justificación ni detalle acerca de la manera en que se ha determinado", señala el informe de la Cámara, que relata que además, "el objeto social de una de las tres empresas invitadas no coincide con el objeto del contrato", por lo que no se ha cumplido la obligación de "solicitar ofertas, al menos, a tres empresas capacitadas".
Al mismo tiempo, destaca que en varios expedientes adjudicados por procedimientos negociado sin publicidad "no se consiguió la suficiente concurrencia ya que dos de las tres empresas invitadas comparten todos sus órganos de administración y dirección".
Además, dice que otros dos contratos relativos a actividades del PRISMA en la localidad de Pedrezuela fueron "adjudicados a la misma empresa mediante sendos procedimientos negociados sin publicidad".
"En atención a que su valor estimado era inferior al legalmente establecido debieron tramitarse en un solo expediente y adjudicarse mediante procedimiento abierto con publicidad", explica.