El banco privado de Caja Madrid recibe la primera condena por comercializar bonos de Lehman Brothers

Europa Press Madrid
Actualizado: martes, 29 septiembre 2009 17:01

MADRID 29 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Primera Instancia de Madrid ha condenado al banco privado de Caja Madrid, Altae, a devolver a dos clientes 114.000 euros por su inversión en bonos de Lehman Brothers a través de esta entidad, que se convierte así en la primera en recibir una condena de la Justicia española por estas prácticas.

"La demandada ha incumplido su obligación de información clara, correcta, suficiente y oportuna, así como la obligación a un asesoramiento diligente, condenando a la demandada a abonar a los actores la cantidad de 114.000 euros", concluye la sentencia dictada el pasado 2 de septiembre a la que tuvo acceso Europa Press.

La titular del juzgado, Elena O'Connor, estimó todo lo reclamado por los demandantes excepto su petición de reembolso íntegro de los 300.000 euros invertidos inicialmente más los intereses. Contra la resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

"Si la entidad no hubiera incumplido su deber de información no le hubiera permitido a los actores recuperar el 100% del valor nominal de los bonos, sino que les habría permitido decidir entre venderlos y quedarse con ellos", explica la sentencia.

De este modo, el fallo acepta una devolución del 38% del valor total de la inversión (114.000 euros), al considerar como referencia el precio de venta de los bonos de Lehman Brothers fijado en la última operación realizada por Altae en nombre de los clientes el 12 de septiembre de 2008, tres días antes de la quiebra de la entidad norteamericana.

La conclusión de esta sentencia sienta precedente ante las numerosas demandas presentadas ante los tribunales españoles contra las presuntas malas prácticas de las entidades financieras que comercializaron bonos de Lehman Brothers entre clientes de bajo perfil, según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.

La sentencia concluye que Altae "no facilitó al cliente el folleto de la emisión ni le informó acerca de que la entidad emisora de los bonos no era Lehman Brothers USA", sino una filial de la entidad "creada como sociedad instrumental" que actuaba como garante de esos bonos.

Además, el dictamen condena al banco privado de Caja Madrid por no aplicar las obligaciones de información al cliente establecidas por la directiva Mifid, tras su entrada en vigor en España el 1 de noviembre de 2007. La sentencia rechaza el carácter retroactivo de esta normativa y no cuenta con el periodo anterior durante el que estuvo en vigor el contrato, firmado el 3 de octubre de 2005 por los clientes de Altae.

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