Las bicicletas no podrán circular por túneles en Madrid y vehículos de dos o tres ruedas deberán estacionarse en calzada

Archivo - Una mujer protegida con mascarilla monta en una bicicleta de BiciMAD
Archivo - Una mujer protegida con mascarilla monta en una bicicleta de BiciMAD - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
Publicado: jueves, 27 mayo 2021 13:23


Las plazas de alta rotación, para reducir el tráfico de agitación, estarán señalizadas mediante rectángulos de 20 por 30 centímetros de colores alternos, azul y blanco

MADRID, 27 May. (EUROPA PRESS) -

Las bicicletas, patinetes, ciclos, motos y Vehículos de Movilidad Personal (VMP) deberán estacionarse en Madrid en los lugares reservados para ello, preferiblemente la calzada, así como las bicicletas no podrán circular por los túneles.

Así se recoge en el anteproyecto de la nueva ordenanza de Movilidad Sostenible de la capital aprobado hoy y en el que "se refuerza la seguridad vial en las vías urbanas, especialmente en las aceras y zonas peatonales y sobre los colectivos más vulnerables", según ha detallado el delegado de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante.

Se obliga a bicicletas, VMP, ciclos, motos y vehículos de dos o tres ruedas a estacionar exclusivamente en los espacios específicamente reservados y señalizados para ello, preferiblemente en la calzada (reservas situadas en bandas de estacionamiento, pudiendo encadenarse a sus elementos de anclaje y separación).

Además, las personas menores de 18 años deberán llevar casco homologado o certificado. En el punto 9 se prohíbe la circulación de bicis por los túneles, salvo que dispongan de carril reservado para tal efecto y se obliga a los riders que desarrollan actividad económica de distribución de mercancías o de transporte de personas al uso del casco homologado, indistintamente de su edad.

Se prohíbe en el artículo 192 el arrendamiento sin base fija, en espacios públicos y en vías públicas urbanas, de sillas de ruedas motorizadas, handbikes y otros instrumentos o vehículos similares especialmente diseñados para este colectivo.

La modificación de la ordenanza pretende integrar todos los modos de transporte que cohabitan en la ciudad. Entre las medidas que contribuyen a este reto se encuentra la puesta en marcha del bus a demanda nocturno (artículo 41), pudiendo autorizarse en determinadas líneas de autobuses la parada extraordinaria para la bajada y en su caso subida de las personas que así lo soliciten.

PLAZAS DE ROTACIÓN

Las plazas de alta rotación se crean para reducir el tráfico de agitación y favorecer la movilidad del entorno de forma compatible con la intensa demanda de estacionamiento por su proximidad a sedes de administraciones públicas, centros oficiales, equipamientos sanitarios, educativos, culturales, sociales y deportivos o zonas comerciales.

Contarán con señalización horizontal mediante rectángulos de 20 por 30 centímetros de colores alternos, azul y blanco. El tiempo máximo autorizado de estacionamiento será de 45 minutos.

Por otra parte, el texto contempla las reservas para vehículos CERO emisiones destinados a arrendamiento sin conductor de corta duración y sin base fija, es decir, los vehículos compartidos de carsharing. Podrán disponer de infraestructura de recarga, que será de uso exclusivo para estos vehículos durante el horario de la reserva.

También existirán reservas para motos, bicis y patinetes estableciéndose que los vehículos de esta tipología que se dediquen a actividades económicas (sharing) no podrán ocupar más del 50 % de las plazas.