Canalda aboga por una "adecuada planificación" de los recursos humanos en Pediatría ante la carencia de pediatras

Actualizado: jueves, 24 junio 2010 23:30

Las quejas por la aplicación de la Ley de Dependencia hacen referencia a los tiempos

MADRID, 24 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, Arturo Canalda, abogó hoy por una "adecuada planificación" de los recursos humanos en Pediatría ante la carencia de pediatras denunciada en algunas quejas que ha recibido esta Institución en el último año, según se desprende de la Memoria 2009 presentada hoy en la Asamblea de Madrid.

Canalda explicó que la carencia de estos sanitarios en determinadas áreas de la Comunidad ha suscitado la presentación de quejas ante el Defensor del Menor, que "es consciente" de que esta situación en el sistema "es una cuestión estructural y común a todas las Comunidades Autónomas, razón por la cual se ha de llevar a cabo "al máximo nivel" una adecuada planificación para "mantener un nivel óptimo de atención sanitaria".

En otro orden de cosas, señaló que en 2009 se han recibido dos quejas concretas sobre atención temprana, una prestación que no es obligatoria y donde la Comunidad de Madrid "viene haciendo un esfuerzo significativo incrementado considerablemente el número de plazas, teniendo a mediados de 2009 un total de 29 Centros abiertos, con 2260 plazas, en los cuales se atiende a más de 3.000 niños".

En este punto, explicó que el Instituto Madrileño del Menor y la Familia realiza "un permanente" control de la situación de altas y bajas de los niños en estos centros, de forma que, a lo largo del año, todas las plazas están permanentemente ocupadas. "En cualquier caso, hay que seguir esforzándose para evitar que ningún niño se quede sin este tipo de recursos o que los tiempos de espera sean demasiado largos", apuntó.

QUEJAS POR LA LEY DE DEPENDENCIA

Asimismo, Canalda explicó que se han recibido quejas en 2009 relacionadas con la aplicación de la Ley de Dependencia, que hacen referencia, sobre todo, al tiempo transcurrido entre la solicitud y la satisfacción de las prestaciones y servicios a los que, en cada caso, tienen derecho los interesados.

A juicio de Canalda, se debe subrayar "la conveniencia de que, aunque no se superen los plazos normativamente previstos, atendiendo a las necesidades de las familias y los menores, en algunos casos acuciantes, lo deseable es resolver las solicitudes en el menor tiempo posible".

También se ha tratado el tema de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, en debate parlamentario durante el ejercicio 2009, que suscitó la intervención del Defensor del Menor en relación con el anuncio de que las mujeres menores de edad y mayores de 16 años pudieran someterse a una interrupción voluntaria del embarazo sin el conocimiento o consentimiento de sus progenitores.

En opinión del Defensor, el aborto es un hecho de especial relevancia para la salud física y psíquica de la adolescente, por lo que se trata de una decisión "de gran trascendencia que no debe, bajo ningún concepto, hurtarse al conocimiento y consentimiento de los padres que, en ejercicio de la patria potestad, han de prestar todo el apoyo a sus hijas en este tipo de situaciones, asistidos, si fuera necesario, por los equipos especializados que la Administración debe poner a su disposición".

Para Canalda, la falta de ese consentimiento supondría que, en muchos casos, los padres no llegarían a enterarse de que su hija habría interrumpido su embarazo y se encontrarían con una situación "realmente difícil de abordar". "Ninguna Ley puede cercenar la confianza que debe existir entre padres e hijos y mucho menos fomentar que una adolescente pueda tomar en solitario una decisión tan dura como interrumpir un embarazo. A los padres no se les puede negar el derecho a conocer una circunstancia tan relevante en la vida de su hija", añadió.

Por estas razones, recordó que se reclamó que el Proyecto de Ley que estaba elaborándose durante 2009 no recogiera dicha propuesta, y que sólo en los casos en los que realmente fuera necesario, se estableciera una excepción a este consentimiento paterno y siempre ordenada por un juez. "Lamentablemente el texto finalmente aprobado no recogió el planteamiento de esta institución y que coincide con el sentir de una gran parte de nuestra sociedad", indicó.

En cuanto a la denominada 'píldora del día después', el pasado año ya se podía adquirir libremente en las farmacias, algo que, según Canalda, se recibió "con cierta sorpresa", pues con ello se dejaba a las menores de edad "sin el necesario asesoramiento médico sobre este medicamento ya que podrían adquirirla sin que se les explicara su funcionamiento, sus posibles contraindicaciones o posibles efectos secundarios".

Ante la decisión adoptada por la Administración sanitaria estatal, desde el Defensor del Menor se realizó una campaña de información centrada exclusivamente en los aspectos médico-sanitarios derivados del empleo de la píldora postcoital y sobre la importancia de utilizar medios anticonceptivos de forma adecuada y responsable.

La campaña se desarrolló a través de todas las farmacias de la Comunidad de Madrid y de la página web del Defensor del Menor. Para elaborarla se recabó el asesoramiento de los Colegios Oficiales de Médicos y Farmacéuticos de Madrid.