MADRID 19 Abr. (EUROPA PRESS) -
El director general de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, José Trigueros, afirmó hoy que la situación medioambiental de las instalaciones deportivas construidas en el tercer depósito del Canal de Isabel II, en el distrito madrileño de Chamberí, siguen siendo las mismas, ya que el fallo judicial conocido recientemente alude sólo a la nulidad del interés público de la ejecución de las obras.
Ramos respondió así a una pregunta formulada por la diputada regional socialista Libia Castillo en la Comisión de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio celebrada hoy en la Asamblea de Madrid, en las que inquiría sobre las repercusiones de esta sentencia en las instalaciones del "campo de golf".
El director general dijo que es "patológico" lo que les ocurre a los socialistas con la palabra golf y les conminó a aprender de "un deporte en auge", con más de 90.000 federados en la Comunidad de Madrid y con un número de asistentes a las infraestructuras deportivas del Canal de más de 4.000 personas.
Además, Ramos aseguró que tanto el Ayuntamiento de Madrid en su momento como el Partido Socialista se equivocan al hablar de campo de golf en esta zona, ya que explicó que se trata de una dotación de práctica o iniciación de este deporte, al tiempo que recordó también la existencia en el lugar de ocho pistas de pádel y un circuito perimetral.
"De acuerdo con la naturaleza del proyecto, resulta obvio que se trata de unas instalaciones deportivas en un terreno urbano, nunca como un campo de golf, ni siquiera en la modalidad de juego, por lo que se trata de una zona para prácticas e iniciación", agregó.
Por otro lado, el director General de Evaluación Ambiental apuntó que las instalaciones se colocaron sobre el depósito del Canal, por lo que no se ocupó suelo de zona natural, ni se modificó su estructura, ni se talaron árboles ni existe la necesidad de requerimientos hídricos, puesto que se utiliza césped artificial, por lo que no se consideró necesario la petición de una declaración de impacto ambiental. "Se ha puesto al servicio de todos los madrileños una zona verde aprovechada para el disfrute de todos", concluyó.
PERJUICIO PAISAJÍSTICO Y LUMÍNICO, SEGÚN PSOE
Por el contrario, la parlamentaria socialista declaró que este complejo deportivo por sus característica sí hubiera requerido declaración de impacto ambiental "porque así lo establece la normativa" y estas instalaciones han supuesto, en su opinión, "un perjuicio paisajístico, un pérdida de zonas verdes y una contaminación lumínica".
Asimismo, destacó que el Canal impuso la ejecución de su proyecto "sin licencia municipal", que aprobó "la desaparición de 40.000 metros cuadrados de zonas verdes a cambio de pistas de pádel y de golf que son de pago". Por ello, Castillo agregó que el Consejo de Gobierno tuvo que declarar de excepcional interés público las obras para seguir adelante sin el consentimiento del Ayuntamiento.
"La Comunidad motiva la declaración de excepcionalidad en que ya no resulta posible ni pertinente conseguir la licencia, cuando la ley exige que sea imposible, no conveniente o oportuno, como motiva el Canal", manifestó la diputada socialista, que añadió que las instalaciones abrieron finalmente sin la autorización del Ayuntamiento de la capital y se adjudicó la explotación de las instalaciones "a familiares" del vicepresidente del Gobierno regional, Ignacio González, aunque "no presentaron la mejor oferta económica".
UNAS INSTALACIONES POLÉMICAS
El devenir de las instalaciones deportivas en el Canal de Isabel II es larga. En el verano de 2002, el Canal y el Ayuntamiento acordaban el cambio de uso del solar propiedad del primero. El Consistorio se comprometía a modificar el Plan General de Ordenación Urbana de 1997 y el Canal a la urbanización de zonas verdes y parques para uso público, además de a la reposición de la zona deportiva ya existente. El Canal solicitó al Ayuntamiento la oportuna licencia de las obras de consolidación y ajardinamiento sobre la cubierta del depósito, licencia que fue concedida en marzo de 2003.
Pero tres años más tarde el Canal presentó una segunda solicitud de licencias del proyecto, que incluía dos zonas de prácticas de golf y tres edificaciones complementarias, licencia que fue denegada. Tras ello, el Consejo de Gobierno de la Comunidad en enero de 2007 declaró el interés general de las obras en el mismo sentido, añadiendo que las nuevas instalaciones paliarían las carencias, tanto deportivas como de parques.
Asimismo, apuntaban que el acceso sería público, lo que reforzaría el argumento del interés general que recoge el artículo 161 de la Ley del Suelo, que expone que un proyecto de excepcional interés pública puede seguirse el procedimiento, por lo que se podrán seguir los efectos propios de la licencia municipal.Gobierno. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló esta decisión del Consejo de Gobierno porque justifica, entre otros argumentos, que el Urbanismo es "una competencia de interés municipal".