Condenan a Sanidad a restablecer las condiciones de trabajo de una mujer que fue trasladada a 80 kilómetros de su casa

Actualizado: martes, 2 junio 2015 14:51

Un juzgado dice que el cambio "carece de sentido" porque no consta que la categoría laboral de la empleada fuera extinguida ni externalizada

MADRID, 2 Jun. (EUROPA PRESS) -

El juzgado de lo Social número 7 ha condenado a la Consejería de Sanidad a reponer las condiciones de trabajo de una mujer que realizaba servicios de atención e información en el Hospital de El Escorial y fue trasladada al de Villa del Prado, a 80 kilómetros de su domicilio, para realizar labores de lavandería.

Así consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, donde se recalca que el traslado forzoso se sustentaba en la reordenación de personal que se había acometido por la extinción de 33 categorías laborales, cuyos servicios se iban a externalizar.

No obstante, indica el juzgado que no consta que el servicio de 'chaquetas verdes' del Hospital de El Escorial, al que pertenecía la trabajadora, se haya externalizado.

La mujer, además, tiene dos hijos menores, de los cuales uno de 10 años de edad tiene déficit de atención sin hiperactividad y el traslado le ha generado cambio de las condiciones de horario y sueldo.

La sentencia argumenta que la mujer realizaba servicios de atención e información a los pacientes de urgencias de dicho hospital y que se procedió a su traslado en virtud de una de las medidas incluidas en la modificación de los presupuestos regionales de 2012, donde se planteaba la externalización progresiva de servicios no sanitarios extinguiendo diversas categorías laborales.

Fruto de ello fue una resolución de verano de 2013 donde se procedía al traslado al hospital de Villa del Prado, a 80 kilómetros de su domicilio, sin que a juicio del juzgado constara que la categoría de auxiliar de hostelería en El Escorial se hubiera extinguido.

"Tiene razón cuando considera que dicha resolución, con independencia de su legalidad, no es de aplicación a su caso y no habiendo acreditado la Comunidad que en el hospital de El Escorial se haya suprimido o externalizado, no sólo el servicio de chaquetas verdes (...) sino las funciones propias de auxiliar de hostelería, recalca el fallo judicial para decretar que "carece de sentido la medida adoptada".

El sindicato CSIF, cuyos servicios jurídicos han tramitado el recurso, ha celebrado que el juzgado reconozca el derecho de esta mujer "a ser repuesta en sus anteriores condiciones de trabajo".

Recuerda que es la segunda sentencia que gana el sindicato en favor de las trabajadores de este hospital "que fueron trasladadas de manera forzosa a otros centros en virtud de un plan de externalización de servicios de limpieza que afectaba a varios hospitales de la Comunidad, pero no al de El Escorial".