El conflicto sobre la parroquia de Nuestra Señora de las Fuentes se remonta a la denuncia de unos vecinos en 1990

Europa Press Madrid
Actualizado: jueves, 23 noviembre 2006 15:43

MADRID 23 Nov. (EUROPA PRESS) -

El conflicto sobre la construcción de la parroquia de Nuestra Señora de las Fuentes, en el Barrio del Pilar, se remonta al año 1990, cuando dos propietarios de unos pisos del número 41 de la calle Villa de Marín interpusieron un recurso contencioso-administrativo porque la iglesia no cumplía la normativa legal, al no respetar la distancia reglamentaria con el edificio más cercano, ubicado en los números 41 y 43 de dicha calle.

Los distintos tribunales ante los que recurrieron los propietarios dictaminaron que la parte del templo que infringía la normativa vigente debía ser derribada, siendo el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ante el que llegó el conflicto, el que emitió la última resolución en tal sentido.

El 8 de marzo de 2000, en la Junta General Extraordinaria de la Comunidad de Propietarios de los portales 41 y 43 aprobó suscribir un acuerdo entre la misma y el Arzobispado de Madrid por el que ambas partes expresaban su conformidad con la situación urbanística existente en las parcelas, "dando por buena la realidad creada", y manifestando su "falta absoluta de interés en la ejecución de la sentencia de la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM".

Sin embargo, el 26 de julio de 2002 los propietarios de los pisos 11-C del número 41 y 1-E, 2-E y 4-F del número 43 solicitaron que se llevara a cabo la ejecución de dicha resolución judicial alegando que eran afectados directamente por la infracción urbanística cometida y que habían votado en contra del acuerdo suscrito con el Arzobispado.

Ya el 16 de octubre de 2002, el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo acordó tener por apartados a los dos actores y personar como parte en la ejecución de la sentencia de junio de 1993 a los cinco propietarios aludidos anteriormente, siendo ésta la decisión que recurrió tanto el Arzobispado como el Ayuntamiento de Madrid, que fue desestimada finalmente.

La decisión fue recurrida ante el Tribunal Supremo, que rechazó también los recursos interpuestos por el Ayuntamiento y el Arzobispado de Madrid contra la sentencia del TSJM que obligaba al Consistorio y al Arzobispado a demoler parte de la iglesia porque sobrepasaba el límite de separación entre la parroquia y el edificio colindante.

Y ahora nuevamente el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha emitido veredicto confirmando que una parte del citado templo debe ser derribado por infringir la normativa en materia de construcción de edificios.

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