El Constitucional anula dos artículos de la Ley de Parejas de Hecho al invadir competencias del Estado

Europa Press Madrid
Actualizado: viernes, 19 abril 2013 19:36

MADRID 19 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional ha anulado dos artículos de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid al estimar que estos preceptos legales de la normativa regional invade las competencias del Estado.

En una sentencia fechada el 11 de abril, a la que tuvo acceso Europa Press, el TC estima la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid respecto a los artículos 3, 4, 5, 8 y 9 de la Ley de la Comunidad de Madrid 11/2001, de 19 de diciembre, de Uniones de Hecho.

De este modo, el Constitucional acepta parcialmente la presente cuestión de inconstitucionalidad y, en consecuencia, acuerda declarar inconstitucionales y nulos los artículos 4 y 5 de la Ley de la Comunidad. Por tanto, rechaza revocar el resto de los preceptos legales impugnados.

Respecto al artículo 4, el texto señala que "la Comunidad de Madrid no ostenta competencias sobre Derecho civil foral o especial", pero la regulación del artículo 4 de la Ley 11/2001 "se sitúa extramuros de sus facultades legislativas y vulnera las competencias del Estado".

"Lo mismo sucede con el artículo 5, que se halla íntimamente conectado con aquél, hasta el punto de que tiene su razón de ser en lo que dispone el precepto anterior, pues se trata de una norma meramente procedimental relativa a la inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de los pactos previstos en el artículo 4. Razón por la cual el art. 5 ha de correr la misma suerte y procedente resulta declarar su inconstitucionalidad y nulidad", agrega.

La sentencia ha recibido el voto particular formulado por el Magistrado Manuel Aragón Reyes al que se adhiere el magistrado Andrés Ollero Tassara.

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