IU pregunta al Gobierno si es partidario de endurecer la Ley de Incompatibilidades para evitar casos como el de Güemes

Europa Press Madrid
Actualizado: sábado, 20 abril 2013 13:00

MADRID 20 Abr. (EUROPA PRESS) -

El diputado de IU Gaspar Llamazares ha preguntado en el Congreso de los Diputados al Gobierno por si cree que se debe endurecer la Ley de Incompatibilidades y del régimen de conflictos de intereses para evitar casos como el del exconsejero de Sanidad Juan José Güemes, que pasó a formar parte del consejo de Administración de la empresa Unilabs, adjudicataria de los análisis clínicos de varios hospitales públicos de la región.

Tras repasar lo ocurrido con Güemes hace unos meses, que tras la polémica suscitada decidió abandonar la compañía, el diputado del Grupo Parlamentario la Izquierda Plural pregunta cuál es la posición del Gobierno sobre esta adjudicación y si considera que ésta respeta las incompatibilidades y el régimen de conflictos de intereses.

También se pregunta si el Gobierno considera esta adjudicación "acorde con la ética y estética que los gobernantes deberían demostrar tras el cese de sus funciones" y si piensa impulsar un endurecimiento de la Ley de Incompatibilidades y del régimen de conflictos de intereses.

En concreto, se pregunta si el Ejecutivo se ha planteado agravar "las sanciones penales, financieras y disciplinarias e impidiendo la contratación de ex cargos públicos en empresas privatizadas o adjudicatarias de servicios públicos externalizados como consecuencia de su gestión pública".

El Gobierno en su respuesta contesta que la situación planteada en la pregunta "afecta a la Comunidad de Madrid, correspondiendo la gestión de las incompatibilidades de los altos cargos autonómicos a cada administración autonómica".

Por otro lado, recuerda que las competencias en materia de servicios sanitarios "están transferidas a todas las comunidades autónomas desde el 1 de enero de 2002" y que son estas las que tienen competencias "plenas" para la organización de sus propios servicios sanitarios, "según se establece en sus Estatutos de Autonomía".

EJEMPLO DE OTROS PAÍSES

En su escrito, Llamazares destaca que en otros países como Portugal, "los titulares de cargos políticos y de altas funciones públicas, en los tres años siguientes al cese de sus funciones, no pueden ejercer funciones en empresas privadas que desarrollen actividades en los sectores en que desplegaron directamente responsabilidades como ministros, siempre que durante su mandato dichas empresas hayan sido objeto de privatización o beneficiado de ayudas financieras o ventajas fiscales de naturaleza contractual".

Por otro lado, hace referencia a Francia y al artículo 432-13 de su Código Penal que "prohíbe a todo funcionario público que por su cargo hubiere asegurado la supervisión de una empresa privada ocupar una actividad de consejo o formación en dicha empresa o comprar acciones de la misma".

Según explica Llamazares, esta prohibición ha sido fijada en tres años por la ley francesa de modernización de la función pública de 2 de febrero de 2007 mientras que en España este período es tan solo de dos años.

También se refiere a Canadá, y concretamente, al artículo 33 de la Ley de conflictos de intereses, "que prohíbe a todo ex titular de cargo público extraer ventaja indebida de su cargo anterior"; o el artículo 34 que "le impide actuar al servicio de empresas privadas en cuestiones en las que haya intervenido oficialmente cuando ocupaba su cargo, o dar a sus asociados, clientes o empleados consejos basados en informaciones no accesibles al público obtenidas durante su mandato".

En opinión de Llamazares, disposiciones de este tipo tienen por objetivo "la preservación de la integridad de los intereses públicos en relación con los intereses particulares que los responsables públicos podrían favorecer en el ejercicio de sus funciones o a partir del final de su mandato".

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