La JEZ requiere al alcalde de Arganda retirar un vídeo en el inicio de unas obras al incumplir ley electoral

Archivo - El alcalde de la localidad, Guillermo Hita
Archivo - El alcalde de la localidad, Guillermo Hita - AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY - Archivo
Publicado: jueves, 25 mayo 2023 10:40

MADRID, 25 May. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral de Zona de Aranjuez (JEZ) ha requerido al alcalde de Arganda del Rey, Guillermo Hita, y al Ayuntamiento de esta localidad la retirada de un video colgado en sus redes en plena campaña en el que aparece en el inicio de unas obras de un centro comercial, lo que supone incumplir la ley electoral.

En la resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, los magistrados acuerdan la retirada inmediata de la publicación del video en la
cuenta de Facebook del Ayuntamiento y del texto explicativo que le acompaña, así como del resto de emplazamientos donde se haya publicado.

Advierte la Junta de que "en caso de no hacerlo se deducirá testimonio por presunto delito electoral o en su caso expediente sancionador por infracción electoral prevista en el artículo 153, ambos de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG)".

El PP presentó ayer mismo un recurso para solicitar que se apercibiera al alcalde de esta localidad y al Consistorio por estos hechos al entender que infringían la normativa electoral.

El vídeo se publicó en la página de la red social Facebook y en la cuenta oficial del Consistorio. Junto al vídeo, se publicó un comentario explicativo en el que se detalla que "el gerente del centro comercial, José Francisco Becerra, y la representante de la empresa promotora, Odalys López, han mostrado los planos de la futura construcción al Alcalde Guillermo Hita".

Tras tener conocimiento de estos hechos, el PP llevó la infracción ante la Junta Electoral de Zona por considerar que el alcalde socialista estaría vulnerando la normativa de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

El PP consideraba que el mencionado vídeo y el texto explicativo del mismo adjunto, "vulnera la prohibición de realizar cualquier acto de inauguración de obras, servicios públicos o proyectos de éstos, durante el periodo de campaña electoral".

Insistía en que el acto llevado a cabo por el alcalde "vulnera directamente el principio de neutralidad que han de manifestar los poderes públicos durante el periodo electoral, para evitar que el voto de los electores del citado municipio sea otorgado a la formación política del equipo de gobierno actual del Consistorio (ostentado a día de hoy por el PSOE)".


De igual modo, solicitan que en el caso de no ser retirado y de que se mantenga esta conducta por parte del Ayuntamiento de Arganda y su actual alcalde, se proceda a la incoación del preceptivo expediente sancionador por incumplimiento de la ley y de lo indicado por esta Junta Electoral de Zona.

Leer más acerca de: