Un juez anula convocatoria de oposiciones para 46 plazas de educación infantil y hace fijas a 22 maestras interinas

Archivo - Una profesora con un grupo de niños en una de las aulas del colegio Maestro Padilla el día en el que se inicia el curso de Educación Primaria 2021-22, a 6 de septiembre de 2021, en Madrid, (España). El tercer curso escolar en un contexto de pa
Archivo - Una profesora con un grupo de niños en una de las aulas del colegio Maestro Padilla el día en el que se inicia el curso de Educación Primaria 2021-22, a 6 de septiembre de 2021, en Madrid, (España). El tercer curso escolar en un contexto de pa - Marta Fernández Jara - Europa Press - Archivo
Publicado: sábado, 30 octubre 2021 10:59

MADRID, 30 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 32 de Madrid ha anulado una convocatoria de oposiciones para cubrir 46 plazas de educación infantil y ha solicitado que se reconozca la condición de empleadas públicas fijas a 22 maestras interinas.

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se estima el recurso promovido por una de las maestras interinas contra la resolución de la Junta de Gobierno Local de la Administración Territorial demandada, de 4 de marzo de 2021.

Esta resolución desestimó los recursos de reposición promovidos por las demandantes cuestionando las bases reguladoras de la convocatoria para cubrir, por el sistema de concurso-oposición en turno libre, un total de cuarenta y seis plazas de Técnico Medio Maestro/a, especialidad de educación infantil.

De este modo, la actuación administrativa municipal se deja sin efecto, declarando el derecho a la estabilidad de las recurrentes a fin de que por el propio Consistorio demandado se les reconozca su condición de empleadas públicas fijas.

También pide que se reconozca su permanencia en el puesto de trabajo que actualmente desempeñan y su situación jurídica individualizada con los mismos derechos y con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que rige para los funcionarios de carrera, si bien sin adquirir la condición de funcionarias de carrera.

El juez alude en su resolución a las normas europeas que obligan a regularizar la situación de estas personas que llevan años con este tipo de contratos. Se refiere en concreto a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, aunque recalca que la misma declara que el Acuerdo marco no impone a los Estados miembros una obligación general de transformar los contratos temporales en indefinidos o fijos.

Señala el juez que en el Ordenamiento español no existe ninguna medida sancionadora que garantice el cumplimiento de los objetivos de la Directiva 1999/70/CE en el sector público, por lo que "no cabe sino transformar la relación temporal abusiva en un relación fija idéntica o equivalente a la de los funcionarios fijos comparables".

Por tanto, se sujeta "a los empleados públicos temporales/interinos víctimas de un abuso a las mismas causas, requisitos y procedimientos para el cese en sus puestos de trabajo que la Ley establece para los homónimos funcionarios de carrera o empleados fijos comparables, pues en otro caso el abuso quedaría sin sanción".

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