Un juez anula una multa puesta por un agente que vigilaba un edificio municipal en Madrid

Europa Press Madrid
Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 20:45

MADRID 22 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 21 de Madrid ha anulado una multa de tráfico impuesta por el Ayuntamiento de Madrid a un conductor que había impuesto un agente que vigilaba un edificio municipal y le vio pasar presuntamente conduciendo y hablando por el móvil, según ha informado el Comisariado Europeo del Automóvil (CEA), cuya asesoría jurídica llevó el caso.

El hombre había sido denunciado por ir presuntamente hablando por el móvil mientras conducía y se le impuso la multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos de carné. El agente que le sancionó no le entregó en el acto la denuncia pues se encontraba haciendo tareas de vigilancia en un edificio municipal.

El conductor negó que fuera hablando por el móvil y solicitó que se incorporase al expediente un informe detallado del agente que le denunció, donde se describieran las circunstancias concretas de la presunta infracción. Además, el socio de CEA cuestionó que un agente que está de vigilancia en un edificio municipal pueda ver lo que hace un conductor dentro de su vehículo, en una calle bastante ancha y con una marquesina de autobús justo enfrente del edificio que vigila.

Ante estas alegaciones, la administración presentó como única prueba la denuncia formulada por el agente de la autoridad. En su sentencia, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 21 de Madrid afirma que se ha producido una vulneración del principio de presunción de inocencia, al "no habiéndose practicado como prueba ni siquiera el informe del agente denunciante acerca de las circunstancias de la presunta infracción".

El fallo de la sentencia anula por ser contraria a derecho la multa de 200 euros y la pérdida de los 3 puntos de carné y condena al pago de las costas al Ayuntamiento de Madrid.

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