Archivo - El alcalde de Morata de Tajuña, Fernando Villalaín. - Carlos Luján - Europa Press - Archivo
MADRID 16 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal de Instancia de Arganda del Rey ha concluido una investigación penal abierta al alcalde de Morata de Tajuña, Fernando Villalain González, para que se le juzgue por un presunto delito de prevaricación administrativa relacionado con la contratación y utilización de una gradería desmontable municipal.
Así consta en un auto, al que tuvo acceso Europa Press, en el que se acuerda continuar la tramitación de la causa penal por los cauces del procedimiento abreviado por si los hechos investigados pudieran ser constitutivos de un delito de prevaricación administrativa
La resolución detalla que el Pleno del Ayuntamiento aprobó el 5 de abril de 2024 el Presupuesto General para ese ejercicio, que incluía dos modificaciones de crédito por un importe superior a 480.000 euros destinadas a la instalación de una gradería desmontable para espacios multiusos. El acuerdo fue sometido a información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
El procedimiento de contratación se realizó mediante convocatoria pública y fue adjudicado a la empresa Plazas de Toros Ocón S.L., única licitadora, por un importe de 390.710 euros, sin IVA, con un plazo de ejecución de tres meses, formalizándose el contrato el 3 de junio de 2024.
La resolución judicial recoge que la gradería fue montada y utilizada durante los festejos de la localidad, celebrados entre los días 9 y 15 de septiembre de 2024, "sin que existiera un proyecto de ejecución e instalación aprobado". A fecha de marzo de 2025, dicho proyecto seguía pendiente de recepción y aprobación.
El auto incorpora las manifestaciones del arquitecto municipal, quien declaró haber emitido informes de incumplimiento durante la ejecución de las obras y haber sido apartado de la supervisión del proyecto. Consta la existencia de informes desfavorables, entre ellos uno de 2 de octubre de 2024, que advertían de que la instalación no cumplía los requisitos exigibles.
La magistrada considera que, a la vista de las diligencias practicadas, existen indicios suficientes para atribuir provisionalmente al alcalde un delito de prevaricación administrativa, tipificado en el artículo 404 del Código Penal.
En consecuencia, el juez ha dado traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal y a las acusaciones particulares personadas para que, en el plazo de diez días, formulen escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o interesen el sobreseimiento de la causa.