Levy contesta a Más Madrid que Medialab sigue parcialmente en su sede y que el nuevo centro de Alameda depende del Pleno

Archivo - Edificio que hasta ahora albergaba el proyecto Medialab Prado
Archivo - Edificio que hasta ahora albergaba el proyecto Medialab Prado - Ricardo Rubio - Europa Press - Archivo
Publicado: martes, 6 abril 2021 17:14

MADRID, 6 Abr. (EUROPA PRESS) -

La delegada de Cultura del Ayuntamiento de Madrid, Andrea Levy, ha contestado al grupo municipal de Más Madrid que Medialab-Prado "permanece parcialmente en su sede" ya que "sólo ha habido traslados preparatorios de un nuevo escenario que debe seguir su curso procesal y administrativo consistente en la creación de un nuevo centro cultural en la calle Alameda", cuya puesta en marcha o no corresponde a una decisión del Pleno.

Levy ha contestado así al requerimiento de la portavoz de Más Madrid, Rita Maestre, sobre Medialab-Prado. En la respuesta, a la que ha tenido acceso Europa Press, la delegada de Cultura contesta que "sigue prestando el servicio público acordado por el Pleno del ayuntamiento de 30 de mayo de 2012 en la sede de la calle Alameda 15".

Y eso se hace "sin perjuicio del traslado de trabajadores de Alameda 15 a Matadero". Son nueve los trabajadores que siguen teniendo su centro de trabajo en la calle Alameda. "En este sentido no solo no se ha procedido al cierre del centro sino que Medialab-Prado sigue desarrollando parcialmente su actividad, precisamente aquella que por sus características es necesario desarrollar en esa sede, como Fab-Lab o talleres".

DIEZ EN MATADERO

El resto de los trabajadores, hasta un total de diez, "se ha trasladado a Matadero Madrid, en la idea de que la sede definitiva de Medialab, una vez cumplidos los trámites que corresponden a los órganos competentes para ello, se ubique íntegramente" allí.

Este traslado se ha llevado a cabo, ha explicado Levy, mediante "notificaciones individuales, explicativas del traslado y de la fecha de efectos de la misma, sin afectar a las altas o bajas de los centros de trabajo".

La delegada remarca que "las actuaciones llevadas a cabo hasta la fecha, incluyendo la prestación parcial del servicio en Medialab Prado y el traslado parcial a Matadero, no son decisiones indelegables del consejo de admnistración ni deben someterse al Pleno del Ayuntamiento" sino que tanto la permanencia como el traslado parcial "forman parte de decisiones de gestión y reorganización interna que entran dentro del ámbito de competencias del consejero delegado".

"Es la decisión de abrir un nuevo centro cultural en la calle Alameda la que corresponde adoptar al Pleno del Ayuntamiento y no hay expediente de Madrid Destino en que se haya tramitado la decisión de modificar la forma de gestión o la instalación en el edificio de una sala de exposiciones adscrita al Museo Municipal de Arte Contemporáneo", ha matizado en este sentido la delegada Levy.

A eso suma que "la creación del nuevo centro cultural no ha sido acordada". La propuesta, en todo caso, será formulada por la empresa Madrid Destino en primera instancia y, a continuación, será elevada tanto al consejo de administración como al Pleno del Ayuntamiento.

REQUERIMIENTO ADMINISTRATIVO

El grupo municipal de Más Madrid presentó un requerimiento administrativo al área de Cultura para pedir el cese del traslado de MediaLab-Prado a Matadero al considerar que el Gobierno local "ha incumplido de forma clara un acuerdo de pleno y ha procedido al traslado de los trabajadores sin que hubiera emprendido las acciones administrativas correspondientes sino por la vía de hecho".

Más Madrid indicaba que el traslado va en contra del acuerdo plenario del 30 de mayo de 2012, "en que expresamente se vincula el proyecto cultural Medialab Prado con el edificio de la antigua Serrería Belga situado en calle Alameda 15 y que establece además que la forma de gestión del mismo es a través de Madrid Destino".

También alertaban de que la forma en la que se ha realizado el traslado --mediante una comunicación individualizada a los trabajadores de Madrid Destino destinados a Medialab-- "no tiene fundamento en memoria justificativa, proyecto técnico, resolución de órgano competente o procedimiento administrativo alguno".

Esto "constituye una actuación en vía de hecho" que se produce "al margen de la competencia y prescindiendo de las reglas del procedimiento legalmente establecido que debe cesar de inmediato, tal y como dispone el artículo 30 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa"


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