El TSJM condena al Servicio Madrileño de Salud a indemnizar a una mujer por una operación de hernia discal mal realizada

Europa Press Madrid
Actualizado: lunes, 19 junio 2006 13:45

MADRID 19 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado al Servicio Madrileño de Salud a indemnizar con 272.260,44 euros a la paciente A.D. por las secuelas que padece a consecuencia de una operación de hernia discal mal realizada a la que se sometió en junio de 2001 en el Hospital 12 de Octubre, informó hoy la Asociación El Defensor del Paciente (ADEPA).

La sentencia basa el fallo, principalmente, en el hecho de que "la técnica utilizada en la intervención quirúrgica no fue adecuada a la 'lex artis' por cuanto, conocida la existencia de una hipertrofia del plexo venoso, no se previno el sangrado ni se adoptaron medidas tendentes a evitarlo".

Se tiene en cuenta también que no se realizó la resonancia a la enferma hasta 14 días después de la operación, retraso que, de acuerdo con el fallo del TSJM, también "es contrario a la lex artis" pues "la pronta realización de la resonancia hubiese permitido llevar a cabo algún acto médico para minimizar las secuelas o incluso evitarlas".

Asimismo, la sentencia condenatoria valora que a los riesgos inherentes a la operación se añadía un riesgo personalizado y específico por la existencia de una hipertrofia del plexo venoso y que, sin embargo, "no consta la existencia de información previa sobre estos extremos ni el adecuado consentimiento informado, lo que privó a la paciente de la posibilidad de ponderar la conveniencia de sustraerse de la operación".

INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL

Según ADEPA, entidad que ha representado judicialmente a la paciente, ésta padece a consecuencia de la operación "una parálisis del pie izquierdo, síndrome incompleto de cola de caballo, dolor neuropático de pierna izquierda, alteración del estado de ánimo así como una incapacidad permanente total".

A raíz del fallo del TSJM, la asociación se mostró satisfecha por la estimación total de la demanda en cuanto al fondo del asunto y la "exquisita valoración" del daño con condena al pago del lucro cesante (perjuicio patrimonial) por importe de 50.000 euros añadidos a la cantidad derivada de secuelas, factor de corrección por incapacidad permanente total e incapacidad temporal, lo que hace un total de 272.260,44 euros a pagar a la mujer en concepto de indemnización.

Contenido patrocinado