El TSJM declara procedentes dos de los despidos del PSM al estimar que no está probado que fueran castigos

Actualizado: miércoles, 18 julio 2012 14:18

Dice que no está probado que obedecieran a "un castigo por manifestaciones o actos políticos o sindicales de los actores"


MADRID, 18 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dejado sin efecto en una sentencia la nulidad declarada por un juez de lo Social de dos de los seis despidos de trabajadores del Partido Socialista de Madrid (PSM) al considerar que son procedentes, dando por extinguido los contratos.

En una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el Alto Tribunal madrileño estima en parte el recurso interpuesto por el PSE contra la sentencia dictada el pasado 23 de enero por el Juzgado de lo Social número 12 de Madrid.

El juez acordó declarar la nulidad de los despidos de seis trabajadores del PSM al considerar que la decisión del partido supuso una "vulneración de los derechos fundamentales a la libertad sindical e ideológica" de estos empleados. Entendía que los despidos no obedecían a "causas organizativas sino a meros criterios de afinidad política con los actores".

Ahora, el TSJM deja sin efecto la nulidad de esos dos de los despidos y, en su lugar, declara procedentes "las decisiones empresariales teniendo por extinguido los contratos convalidando las indemnizaciones por tal causa ya percibidas". En el caso de un tercero declara la improcedencia de la extinción objetiva, condenando al PSM a que en el plazo de cinco días decida entre readmitir al actor o a pagarle la indemnización como despido improcedente.

La Sala considera que no está acreditada la existencia de indicios racionales de la infracción de derechos fundamentales, ya que a su juicio los que se toman como tales son genéricos, ambiguos y colectivos.

Por tanto, entiende que "no hay elementos persuasivos de que los despidos sean una especie de castigo por manifestaciones o actos políticos o sindicales de los actores".

AMORTIZACIÓN DEL PUESTO

El despido se produjo el pasado 31 de julio y la causa alegada, según consta en la sentencia, fue la "amortización funcional del puesto de trabajo", así como la "concurrencia de las causas de índole organizativa y organizativo-económicas" contempladas en el Estatuto de Trabajadores.

Según el juez, "los seis despedidos, junto con otros tres (empleados) más, habían participado en la candidatura a elecciones sindicales bajo el nombre de 'Trabajadores Independientes del PSM', unos formando parte de las listas de esa candidatura y otros avalándolas".

"Ha quedado probada la reacción negativa por parte de la directiva (del partido) a la formación de esa candidatura", añade el magistrado. Más adelante, cuando se produjeron las Primarias del PSM, los despedidos "avalaron como militantes a la candidatura de Trinidad Jiménez".