Los vecinos del Convento de las Damas Apostólicas rechazan que se excluya los jardines de la declaración BIP

Convento de las damas apostólicas
VECINOS CONVENTO DE LAS DAMAS APOSTÓLICAS
Actualizado: jueves, 16 noviembre 2017 19:02

MADRID, 16 Nov. (EUROPA PRESS) -

Los vecinos colindantes del Convento de las Damas Apostólicas del Corazón de Jesús, en Paseo de la Habana, 198, se oponen a que la Dirección General de Patrimonio de la Comunidad de Madrid excluya los huertos y jardines que rodean al Convento y que forman parte de la parcela en la que se asienta el mismo, de la declaración de Bien de Interés Patrimonial (BIP) quedando la protección restringida únicamente al edificio que se pretende reconstruir.

En este sentido, la firma de abogados Urbe Asesores Jurídicos, que asesora a varias comunidades de vecinos y gran parte de los propietarios individuales colindantes a la finca del Convento, presentó, el pasado 8 de noviembre un escrito de alegaciones apoyado por dictámenes firmados por máximas autoridades en materia ambiental, paisajística y de conservación y restauración del Patrimonio Histórico Artístico.

Según la opinión de los expertos a los que han acudido, la declaración BIP debería incluir también los "espacios libres" que circundan y en la que se enmarca el edificio y no únicamente la edificación "debido al carácter indisoluble de dichos jardines y huertas de un mismo y único bien a proteger".

Como continuación a las medidas adoptadas, tanto desde el Ayuntamiento de Madrid como desde la Comunidad de Madrid, tras la ilegal demolición de parte del Convento en junio pasado, el 9 de octubre se publicó la Resolución de la Dirección General de Patrimonio de la Comunidad mediante la cual se procede a incoar la declaración de BIP de la Comunidad de Madrid a favor de dicho inmueble y se abrió un periodo de información pública por el plazo de un mes.

Los vecinos afectados señalan que "todo parece indicar que la Dirección General de Patrimonio pretende proteger únicamente el edificio pero no la parcela como resultado de conversaciones mantenidas con los actuales propietarios con el objeto de buscar una "solución".

A tenor de la propuesta de la resolución de BIP todo apunta a que la "solución" pasa por obligar a la propiedad a reconstruir el edificio parcialmente demolido, "pero al mismo tiempo excluir expresamente de la declaración de BIP el resto de la parcela no edificada para así dejar el camino libre a la propiedad para levantar nuevas edificaciones alrededor del Convento, uno de los últimos reductos y espacios verdes del Distrito de Chamartín", señalan, para añadir que el resultado podría ser "un engendro desde un punto de vista urbanístico y de protección del Patrimonio".

Según los vecinos, los jardines del Convento de las Damas Apostólicas podrían ser el segundo parque en superficie arbolada o ajardinada del distrito, sólo por detrás del Parque de Berlín. Tal y como concluye el informe de un experto biólogo que se aporta en las alegaciones, dada la superficie (1,6 hectáreas) y el número de ejemplares arbóreos y arbustivos (superior a los 500 ejemplares), se podría considerar este enclave, "no sólo como un verdadero hábitat o biotopo, sino también como un pequeño pulmón verde de la zona norte de la ciudad de Madrid".

También añaden un informe del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid de 10 de abril de 2017 favorable a la inclusión en el perímetro BIP del jardín del Convento "cuando precisamente solicitó iniciar el procedimiento de declaración meses antes de iniciarse la penosa demolición".

Entiende, además, que excluir los jardines sería contrario al propio criterio de la Dirección General de Patrimonio en las declaraciones de protección de otros complejos o conjuntos conventuales.

Así, en expedientes de protección de conjuntos similares tales como el Monasterio e Iglesia de la Inmaculada y San Pascual, el Convento de las Siervas de María, el Monasterio de la Visitación de Santa María, el Convento e Iglesia de las Mercedarias de la Purísima Concepción o el Convento de las Clarisas Franciscanas de la Encarnación, "siempre y sistemáticamente se incluyen los jardines y huertos que los circundan dentro de la propia declaración y no sólo formando parte del entorno de protección, tal y como ha quedado demostrado en el escrito de alegaciones presentado", aseguran.

En definitiva, "no se alcanza por lo tanto a entender" por qué se pueden excluir de la declaración de BIP las huertas y jardines del Convento "cuando los informes de los expertos en protección del patrimonio coinciden en que es el Conjunto (edificio integrado en los jardines y huertas que le circundan) el que dota a al Convento de su valor patrimonial".

Los vecinos apelan a la Constitución (artículos 46 y 47) "que manda e impone a los poderes públicos promover las condiciones necesarias que permitan la utilización del suelo de acuerdo con el interés general e impedir la especulación, así como garantizar la conservación del patrimonio histórico artístico".