MURCIA, 26 Nov. (EUROPA PRESS) -
La medida adoptada por el Tribunal Superior de Justicia se inserta en la dinámica procesal normal y en modo alguno implica que se haya adoptado una decisión sobre el fondo del asunto, que no ha sido valorado por el alto tribunal, han aclarado a Europa Press fuentes de la Comunidad.
Simplemente, en tanto se conoce el alcance del recurso planteado, queda paralizada la tramitación del procedimiento de adjudicación.
Se da la circunstancia que el propio tribunal, en su escrito, advierte que la medida de suspensión cautelar no tiene por fin garantizar la eficacia de una futura sentencia estimatoria, sino que su finalidad es "salvaguardar el buen desarrollo del procedimiento de contratación".
La solicitud de suspensión cautelar fue presentada al Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia el jueves por una de las empresas que concursan, y en ella se especifica que la suspensión de la mesa se refiere a la apertura del sobre 3, que se iba a celebrar este viernes. Tal medida, explica el TSJ, tendría la finalidad de "salvaguardar el buen desarrollo del procedimiento de contratación".
Asimismo, añade el tribunal, "esta decisión cautelar produce una mínima distorsión en el procedimiento de contratación (supone simplemente diferir el acto público hasta tanto no se decida sobre el mantenimiento o alzamiento de la presente medida) y es sumamente beneficiosa tanto para la Administración como para los licitadores pues garantiza la seguridad en el desarrollo del proceso".
Además, recoge el escrito que "es relevante reseñar que la adopción de esta medida -que en breve deberá ser mantenida o alzada- no provoca perjuicios para el interés general pues el servicio audiovisual se está prestando en la actualidad en virtud de la Orden dictada por el Órgano de Contratación relativa a la ampliación de la contratación de emergencia de la gestión indirecta del servicio público de comunicación audiovisual televisiva de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia".
Y, por otro lado, "la medida causa evidentes beneficios desde el punto de vista de la salvaguarda de los principios de igualdad de trato y de oportunidades de los licitadores y el principio de transparencia de todas las fases del procedimiento", defiende la Sala.
Desde la Comunidad Autónoma esperan que en breve sea levantada la medida cautelar y se siga con el concurso, que en ningún caso queda invalidado.
Además, subrayan, no supone ningún perjuicio para el interés general ya que seguirá prestando el servicio público de televisión como hasta ahora.