Condenan a un hombre a ocho meses de prisión por estafa y a indemnizar a otro con 16.800 euros

Actualizado: domingo, 8 abril 2012 14:00

El acusado vendió verbalmente una vivienda cuando por contrato no estaba permitida la transmisión a terceros

MURCIA, 8 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Sección número 2 de la Audiencia Provincial de Murcia confirma una sentencia que condenaba a Jesús Manuel como autor criminalmente responsable del delito de estafa a la pena de ocho meses de prisión y a indemnizar a su víctima con 16.808,10 euros.

Los hechos tuvieron lugar en 2002 cuando el acusado Jesús Manuel, mayor de edad y sin antecedentes penales, adquirió de la mercantil 'Gran Murcia, S.A.' dos viviendas situadas en una urbanización que la anterior sociedad tenía en promoción en El Esparragal, por el precio cada una de 141.838,86 euros, más 9.928,72 euros de IVA.

El acusado entregó como señal de reserva la cantidad de 4.800 euros mediante pagaré, por una de ellas y la misma cantidad mediante otro pagaré, por otra, no estando permitida la transmisión a terceros de las viviendas reservadas, según se desprende de una sentencia recogida por Europa Press.

Sin embargo, el acusado vendió verbalmente a Constancio una de las viviendas, no constando el precio, y en pago de parte del mismo el hombre entregó al acusado la cantidad de 16.808,10 euros.

En fechas posteriores, Constancio requirió al acusado a fin de otorgar documentos público o privado de la venta, no haciéndolo el acusado al no poder transmitir tal vivienda, por lo que el 3 de abril de 2003 ambas partes suscribieron documento para resolver el contrato de compraventa, accediendo el acusado a devolver al hombre el dinero recibido, mediante tres pagarés, que presentados al cobro no fueron hechos efectivos.

El 3 de julio de 2003, en documento otorgado con la mercantil 'Gran Murcia, S.A.', el acusado renunció a las citadas viviendas y a cualquier derecho que pudiera corresponderle por razón de la misma, recibiendo dos cheques por importe de 4.800 euros cada uno, concepto de devolución de las cantidades entregadas.

No consta acreditado que en dichas operaciones comerciales tuviere participación alguna la también acusada Celestina, mayor de edad y sin antecedentes penales.

Ante lo que el Juzgado de lo Penal absolvió libremente de los hechos enjuiciados a Celestina, con declaración de oficio de las costas procesales y condenaba a Jesús Manuel como autor criminalmente responsable del delito de estafa a la pena de ocho meses de prisión, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y abono íntegro de las costas causadas.

Asimismo, y en sede de responsabilidad civil, condenaba a Jesús Manuel a que indemnice a Constancio en la cantidad de 16.808,10 euros, más los intereses legales del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.