Fiscal, defensa y acusación coinciden en que el procesado por matar a su padre no es responsable por su enfermedad

En caso de que el Jurado Popular le declare responsable de los hechos, el Ministerio Público pide una pena de 20 años de cárcel

Imagen del acusado, de espaldas
Imagen del acusado, de espaldas - TSJMU
Europa Press Murcia
Publicado: miércoles, 15 diciembre 2021 14:34

MURCIA, 15 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Fiscal y los abogados de la defensa y de la acusación han coincidido en que el hombre con una enfermedad mental procesado por matar a su padre en 2020 en Murcia no es responsable de los hechos debido a su patología, por lo que han pedido su internamiento en un centro psiquiátrico durante no más de 20 años.

Así lo han hecho saber el Fiscal y los dos letrados durante la segunda sesión del juicio que tiene lugar este miércoles en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia y que se celebra con Jurado Popular.

No obstante, en caso de que el Jurado Popular declare al acusado responsable de los hechos y no concurra de la eximente de enajenación mental, el Fiscal ha pedido una pena de prisión "exactamente igual" a la de internamiento, es decir, 18 años de cárcel como autor de un delito de asesinato y un año añadido de cárcel por cada uno de los dos delitos de amenazas (a la madre y a la hermana) de los que se le acusan, lo que sumaría una pena total de no más de 20 años de prisión.

Asimismo, el Fiscal ha pedido para el acusado la prohibición de aproximación por diez años respecto de su madre y su hermana, así como 5 años por cada uno de los dos delitos de amenazas.

En este sentido, tanto la acusación particular (ejercida por la madre y la hermana del acusado) como el abogado de la defensa se han adherido a esta petición del Fiscal. Por todo ello, el Ministerio Público ha mostrado su agradecimiento a las partes por encontrar este "punto de encuentro".

"Existía un reconocimiento previo de los hechos y no tenía sentido entablar un juicio con versiones contradictorias", según el Fiscal, que ha sostenido que este punto de encuentro es "en beneficio del propio acusado y de las perjudicadas". "Ya dije que esto es una tragedia personal y familiar de toda índole; un fracaso absoluto de la sociedad en el aspecto educativo", ha remarcado.

"No sé si haciendo alguna cosa más e podría haber evitado un hecho tan desgraciado", ha opinado con respecto a la administración sanitaria y de Justicia.

Durante su intervención final ante el Jurado, el Fiscal ha defendido su tesis apoyado en los informes de los médicos forenses que detallan "de forma clara" el gran número de heridas sufridas por la víctima y la "etiología homicida" de la agresión.

Tras dar por sentado que han existido unas heridas que han provocado la muerte de la víctima, el Fiscal ha considerado acreditada también la autoría del procesado, ya que él mismo ha reconocido los hechos. Por ello, entiende que "no debe haber ninguna duda" al respecto.

"El ánimo de la agresión puede ser solo la de lesionar o la de privarle de la vida", según el Fiscal, quien ha ratificado que el propio acusado ha confesado "expresamente" que el resultado de la muerte "se podía producir" a la vista de la intensidad del ataque, hecho que vendría corroborado también por las "circunstancias" del ataque, como "la violencia del mismo, la relación previa del autor y víctima o, de las declaraciones previas, ya que había reiterado muchas amenazas a su padre".

A su parecer, el móvil del crimen "también está meridianamente claro", ya que los propios forenses han apuntado a la existencia de "delirio de perjuicio". La intención del acusado, en su opinión, era "dar muerte a su padre como remedio a todos los males que le aquejaban".

El Fiscal también ha sostenido que se trata de un delito de asesinato "por la concurrencia de alevosía", es decir, del "empleo de medios y formas tendentes a asegurarlo sin riesgo".

En cambio, aunque ha reconocido que puede ser "contradictorio", ha considerado que no existe "ensañamiento" porque no hay "males dirigidos a prolongar el sufrimiento" de la víctima. "Nosotros entendemos que se hizo más con una intención de asegurar el hecho", ha corroborado.

DELITOS DE AMENAZAS

El Ministerio Público también ha considerado probado que existe un delito de amenazas continuado dirigidas, fundamentalmente, contra la madre, pero también contra la hermana y que se habrían mantenido desde 2016 "cuando se abandona el tratamiento y se desencadena el problema entre el acusado y los miembros de su familia".

"A partir de entonces, las amenazas se vienen produciendo con cuentagotas y de forma constante", según el Fiscal, quien se ha remitido, precisamente, a los audios escuchados en la sesión del juicio de este miércoles, en las que el acusado llega a decir a su progenitora: "como yo me entere de que intentas sabotear alguna cosa en la que me meto por mi bien, te las tendrás que ver cara a cara conmigo, pero no para hablar".

"No hablaba por hablar, su intención no solo era amenazar sino cumplir las amenazas", según el Fiscal, quien señala que la madre "tenía claro" que esas amenazas "iban directamente a ser cumplidas y que tenían que estar alerta".

CIRCUNSTANCIAS MODIFICATIVAS DE LA GRAVEDAD

En cuanto a las circunstancias modificativas de gravedad, el Fiscal ha citado el agravante de parentesco y el atenuante de confesión.

La "cuestión del millón", según el Ministerio Público, es la "exención o no de los hechos". A su juicio, el acusado no es responsable de los hechos que se le imputan porque "ha quedado claro que había un padecimiento en el acusado" y estaba "carente de voluntad".

"Los peritos hacen referencia a un larguísimo historial médico que es para echarse a temblar", según el Fiscal que, en cualquier caso, ha señalado que el acusado está "enfermo". Lo "llamativo" según los forenses es "la idea delirante y errónea que centraba todo el discurso". A esto se añade la "nula conciencia de enfermedad".

"Él sabe que tiene problemas, pero no realiza un adecuada autocrítica de su problema ni de la necesidad imperiosa que tiene de tratarse", afirma el Ministerio Público, quien explica que el acusado no era capaz, ni siquiera, de ver cómo sus padres se estaban "volcando" para atender sus necesidades.

En su opinión, el procesado "solo estaba centrado en la idea delirante de que sus padres solo querían perjudicarle" y, de hecho, se ha remitido al transcurso del juicio, en el que "no ha habido ningún momento en el que se conmoviera". Por ello, concluye que "tiene su juicio gravísimamente alterado" por culpa de "un conjunto de enfermedades" mentales con la esquizofrenia como base. En base a ello, sostiene que "es irresponsable de matar a su padre".

"El día de los hecho sabe que no se podía matar a un padre, pero no pudo dejar de hacerlo que hizo, porque la alteración de su voluntad le impidió actuar de otra manera", ha concluido el Fiscal, quien entiende que el procesado "no tenía posibilidad ni siquiera de frenar su agresividad o tratar de calmarse".

Para finalizar, el abogado de la acusación particular ha considerado un "acierto" la exposición del Ministerio Público, y ha aclarado que la madre y la a las que representa se han personado en el caso "por responsabilidad". "No venimos a acusar, sino a intentar que se le dé la respuesta adecuada a esta situación", según el letrado, quien ha instado a imaginar la "disyuntiva de la familia, que ha sufrido estos hechos de manos de una persona que más quieren".

"A nuestro juicio, esta persona sigue siendo un riesgo", ha remarcado la acusación, que remarca la situación "persistente" de esta patología. "Me atrevo a decir que él sigue pensando exactamente lo mismo y su delirio permanece", ha concluido.

Por su parte, la defensa se ha adherido a los informes del Fiscal y el acusado ha hecho ejercicio de la última palabra para mostrar su "incredulidad" por estar en esta situación. Respecto a sus padres, ha mostrado "total arrepentimiento" y ha coincidido en la necesidad de recibir tratamiento psiquiátrico.

El juez hecho entrega del objeto del veredicto al Jurado, para que se inicien las deliberaciones correspondientes.

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