La Policía Sanitaria Mortuoria ha autorizado más de 300 traslados de cadáveres y restos mortales entre enero y octubre

Los archivos de la Policía Sanitaria Mortuoria están en la Consejería de Salud
GOBIERNO REGIONAL
Publicado: miércoles, 31 octubre 2018 12:09

La Consejería de Salud tiene registrados 59 tanatorios y 15 crematorios en la Región

MURCIA, 31 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Policía Sanitaria Mortuoria, dependiente de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Consejería de Salud, ha concedido 334 autorizaciones sanitarias de traslado de cadáveres y restos desde el 1 de enero hasta el 26 de octubre de este año.

Durante 2017, esta unidad llevó a cabo 565 autorizaciones sanitarias para traslado de cadáveres y restos mortales, según informaron fuentes de la Consejería de Salud.

De ellos, un total de 304 permisos consistieron en autorizaciones de traslado de cadáver (263 a otras comunidades autónomas y 41 al extranjero, de los que 30 fueron traslados a Marruecos y Ecuador), 21 autorizaciones de exhumación de cadáver (16 para su reinhumación en el mismo cementerio y 5 para su traslado y reinhumación en otro cementerio de la Región) y 238 autorizaciones de exhumación y traslado de restos mortales. Otros dos permisos se concedieron para traslado de restos humanos.

Como novedad, hay que señalar que desde el 1 de julio de 2017 la exhumación de restos mortales para su reinhumación dentro del mismo cementerio no precisa autorización sanitaria previa.

La Policía Sanitaria Mortuoria es un departamento de la sanidad pública que vela por el buen desarrollo y la protección en torno a la salud de actividades como el traslado, exposición, depósito, inhumación, cremación o exhumación de cadáveres o restos humanos. Comprende la regulación de toda clase de prácticas sanitarias sobre cadáveres y restos humanos, así como las condiciones técnico-sanitarias en que las empresas funerarias, cementerios, tanatorios, velatorios y crematorios deben prestar sus servicios.

En la Región de Murcia, estas actividades están reguladas por el Decreto 2263/74, de 20 de julio, que aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, y la Orden de la Consejería de Sanidad y Consumo, de 7 de junio de 1991, por la que se dictan normas sobre Policía Sanitaria Mortuoria.

AMPLIACIÓN DE CEMENTERIOS

Por otra parte, este año se han emitido informes sanitarios favorables referentes al proyecto técnico de instalación de un velatorio en el Sabinar-Moratalla y al proyecto de ampliación de los Cementerios Municipales de Jumilla, Puerto de Mazarrón y Fortuna.

La Dirección General de Salud Pública y Adicciones ha participado el grupo de trabajo de Sanidad Mortuoria del Ministerio de Sanidad para la elaboración de una normativa sobre esta materia, cuyo resultado ha sido la 'Guía de Consenso sobre Sanidad Mortuoria', aprobada por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el pasado mes de julio.

REGISTRO CIVIL

En términos profesionales, se entiende por cadáver el cuerpo humano durante los cinco años siguientes al fallecimiento, y restos mortales lo que queda del cuerpo humano una vez transcurridos los cinco años siguientes a éste. Esto se computa desde la fecha y hora que figure en la inscripción de defunción del Registro Civil. En cuanto a restos humanos, se trata de los de entidad suficiente, procedentes de abortos, mutilaciones e intervenciones quirúrgicas.

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