VALENCIA 3 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) publica hoy el decreto del presidente de la Generalitat, Francisco Camps, que disuelve las Corts Valencianes y convoca elecciones autonómicas para el próximo 27 de mayo con 99 diputados.
El decreto, que entra en vigor hoy y también ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), establece que el número de parlamentarios a elegir por cada circunscripción será de 35 en Alicante, 24 en Castellón y 40 en Valencia.
Se amplía así de 89 a 99 el número de diputados de la Cámara, en cumplimiento del nuevo Estatuto de Autonomía. En relación con los últimos comicios, la provincia de Alicante gana cinco diputados y Valencia cuatro, mientras que Castellón obtiene sólo uno más.
El Parlamento elegido el 25 de mayo de 2003 queda disuelto y la sesión constitutiva de las Corts de la séptima legislatura tendrá lugar el 14 de junio a las 10.30 horas. La campaña electoral, que tendrá una duración de 15 días, comenzará a las 00 horas del día 11 de mayo y finalizará a las 24 horas del día 25 de mayo.
Para determinar el número de diputados, Camps argumenta que la última reforma de la ley de Gobierno estipula que el decreto de convocatoria de elecciones especificará ese número a elegir en cada circunscripción, de forma que el número total de diputados sea 99 o el superior que, en su caso, establezca la ley Electoral Valenciana.
También señala que la ley Electoral Valenciana no establece un número de diputados superior a 99, ya que su artículo 11.1 lo fija en 89, pero considera que este precepto "ha sido tácitamente derogado" por la ley orgánica 10/2006, de 1 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.
En este sentido, sostiene que el artículo 23.1 del nuevo Estatuto marca que "las Corts estarán constituidas por un número de diputados y diputadas no inferior a 99", y considera que "en cumplimiento estricto de las anteriores normas legales, procede fijar en 99 el número de diputados y diputadas a elegir en las próximas elecciones a las Corts".
La distribución por circunscripciones electorales provinciales se ha realizado en los términos previstos en los apartados 2 a 4 del artículo 11 de la ley Electoral Valenciana y tomando como referencia las cifras de población oficiales a la fecha de esta convocatoria, que son las resultantes de la revisión del padrón municipal referidas a 1 de enero de 2006.
ELECCIONES MUNICIPALES
Además, el BOE publica también el real decreto por el que se convocan elecciones municipales, que se celebrarán también el último domingo de mayo.
Con estos decretos arrancará el proceso electoral, que seguirá con la constitución, a partir del 6 de abril, de las juntas electorales provinciales y de zona. Además, el plazo para comunicar las coaliciones se abrirá el día 4 y finalizará el 13, mientras que el de presentación de candidaturas abarcará desde el 18 al 23. Estas candidaturas serán publicadas el 25 de abril, y el paso siguiente será la proclamación de listas, que tendrá lugar el 30. La publicación de las candidaturas proclamadas se efectuará el 1 de mayo.
Por otro lado, la presentación de recursos contra las candidaturas proclamadas podrá realizarse los días 2 y 3 de mayo, y deberán resolverse antes del 5, en tanto que los procedimientos de amparo se formalizarán en su caso entre el 6 y el 7 del mismo mes y deberán estar resueltos por el Tribunal Constitucional entre el 8 y el 10 del mismo mes.
La comunicación de los ayuntamientos a las juntas electorales de zona para la colocación de carteles podrá efectuarse del 4 al 10 de abril, plazo que se alargará hasta el 13 para los lugares de actos de campaña.
El censo electoral se podrá consultar del 9 al 16 de abril en los ayuntamientos y también en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral. Las listas de electores españoles residentes en el extranjero estarán disponibles en esas mismas fechas en los respectivos consulados. La solicitud de voto por correo será posible desde hoy, 3 de abril, al 17 de mayo.
Según este calendario, está previsto que la constitución de los ayuntamientos se efectúe el 16 de junio o el 6 de julio, y la de las diputaciones provinciales del 25 al 29 de junio o del 15 al 19 de julio.