MÉRIDA 17 Abr. (EUROPA PRESS) -
El plazo para que los electores que prevean que el próximo 27 de mayo no se hallarán en la localidad donde les corresponda votar o que no puedan personarse, disponen de un mes a contar desde hoy, para tramitar sus solicitudes en cualquier Oficina del Servicio de Correos.
El próximo 17 de mayo, dentro de un mes, finaliza el plazo para que los ciudadanos interesados puedan solicitar el voto por correo, mientras que la fecha límite para enviar su voto será 6 días más tarde, el 23 de mayo, según informó la Junta en nota de prensa.
Durante este último mes de plazo, aquellos interesados que aún no se han acercado a una Oficina del Servicio de Correos, podrán acudir en persona y con el original de su DNI para solicitar el impreso del voto por correo.
En el plazo de tres días, Correos remitirá esta documentación a la Oficina del Censo Electoral, que registrará en las listas del censo que se ha solicitado el voto por correo, por lo que desde ese momento el ciudadano ya no podrá votar personalmente.
Posteriormente, le remitirán por correo certificado al domicilio que indicase o, en su defecto, al que figure en el censo, las papeletas y los sobres electorales; el certificado de inscripción en el censo; un sobre con la dirección de la Mesa donde le corresponda votar ya impresa; y una hoja explicativa del procedimiento de votación.
Esta documentación deberá ser recogida personalmente por el elector, ya sea en su domicilio o en la oficina de Correos.
El siguiente paso será introducir la papeleta de las Elecciones a la Asamblea de Extremadura por la que se quiera votar en el sobre correspondiente. Este mismo proceso se llevará a cabo con las papeletas y sobres de las Elecciones Municipales.
Por último, los dos sobres, junto con el certificado de inscripción en el censo, se introducirán en el sobre dirigido a la Mesa Electoral.
Es importante recordar que esta documentación debe remitirse por correo certificado antes del 23 de mayo.
El sobre no necesita franqueo y no es necesario que el elector acuda personalmente a la oficina de Correos a certificar el sobre de votación, sino que podrá hacerlo otra persona en su nombre.
Si los electores necesitan más información podrán consultar la web www.elecciones2007/juntaex.es.