Absuelto un joyero que estafó a una familia que previamente le había vendido oro falso por más de 66.000 euros

El Tribunal Supremo exime su conducta por ser consecuencia del "natural enfado" al sentirse estafado

Europa Press Nacional
Actualizado: sábado, 30 agosto 2008 13:15

MADRID, 30 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha absuelto al joyero J.R.B., que fue condenado por la Audiencia Provincial de Córdoba por un delito de estafa después de negarse a pagar un pedido de cinco kilos de oro a la empresa de otro joyero, cuyo hijo le había estafado previamente al venderle seis kilos de oro falso y negarse a devolverle los 66.363 euros que pagó por el material fraudulento. El Alto Tribunal, engloba la reacción de J.R.B dentro de un "natural enfado" al sentirse "defraudado en una suma importante de dinero".

En una resolución de la que ha sido ponente el magistrado José Antonio Martín Pallín, el Tribunal Supremo llega a la "conclusión inequívoca" de que, "en el proceso de reclamación del defraudado en la sustancia y calidad de lo adquirido, tanto el vendedor como su padre conocieron la realidad de lo sucedido y el natural enfado del inicialmente defraudado en una importante suma de dinero".

Los hechos se remontan al año 2002 cuando tres personas de nacionalidad portuguesa se desplazaron a Córdoba con la intención de vender como oro fino 24 bolsas de lo que en realidad eran pequeñas bolas doradas de considerable peso pero de escaso valor.

Para ello, se pusieron en contacto con A.V.R., un comercial que ejercía como intermediario a la hora de poner en contacto a vendedores y compradores de metales preciosos a cambio de comisiones. Éste, considerando que el material que le presentaban era verdadero, se puso en contacto con otro intermediario que tenía más conocimiento del sector joyero de Córdoba, quien sin examinar la calidad del supuesto oro y pensando también que era verdadero pagó a A.V.R. su comisión y compró siete kilos.

A partir de ahí, los portugueses abandonan Córdoba tras cobrar el dinero por el oro falso mientras su material pasa por las manos de otros tres joyeros. El primero fue M.R.B, quien compró un kilo de ese material en enero de 2002 por la cantidad de 1.685.000 pesetas (10.127 euros). A su vez, otro joyero R.M.E. adquirió otros seis kilos.

Fue el recurrente, J.R.B, quien descubrió que aquellas bolas de oro no eran verdaderas cuando se las compró al segundo joyero por 11.042.000 pesetas (66.363 euros). Después de varios intentos fallidos para recuperar el dinero que había pagado, J.R.B. decide, como medio para resarcirse hacerle un pedido de compra de cinco kilos de oro fino (esté sí auténtico) al padre del joyero que se lo había vendido --también dedicado a la joyería--.

Cuando fueron a solicitarle el dinero del pedido, el recurrente les contestó diciendo que se cobrasen con el oro fraudulento tras poner las bolsas con la granalla falsa sobre el mostrador.

Por todos estos hechos, la Audiencia Provincial de Córdoba condenó el 10 de julio de 2007 a los tres portugueses a seis meses de cárcel para cada uno por un delito de estafa y al recurrente, J.R.B a una pena de 10 meses y medio de cárcel así como la obligación de indemnizar con 51.200 euros a la empresa del joyero al que no le pagó el pedido de oro falso. La Audiencia de Córdoba le condenaba también por un delito de estafa.

Este joyero recurrió esta resolución ante el Tribunal Supremo, que ahora le da la razón anulando la sentencia de instancia al entender que "hay un traspaso viciado, imposible dentro del proceso penal, de la condición de perjudicado de una empresa a otra lo que evidencia que todos los protagonistas estaban más o menos al corriente de los que estaba pasando desde el momento en que los portugueses habían introducido el oro falso en el sector joyero de Córdoba".

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