Abueltos los presuntos yihadistas del 'mercurio rojo' porque esta sustancia es sólo una "leyenda del urbana"

Considera que el testigo protegido que les incriminó buscaba intereses económicos y beneficios judiciales

Europa Press Nacional
Actualizado: martes, 18 mayo 2010 21:24

MADRID, 18 May. (EUROPA PRESS) -

La Sección Cuarta de la Audiencia Nacional ha absuelto a los cinco acusados de formar una célula islamista que buscaba 'mercurio rojo' para cometer atentados al considerar probado que esta sustancia "se enmarca en la leyenda urbana" y "no se puede utilizar para construir una bomba sucia". No obstante, ha condenado a tres de ellos a penas de entre uno y ocho años de cárcel por delitos relacionados con objetos robados y falsificación.

En la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Teresa Palacios, el tribunal entiende que no se ha demostrado que el acusado de ser el líder del grupo, Said Bouchema, formara una célula de apoyo al Grupo Salafista para la Predicación y el Combate (GSPC), organización terrorista argelina integrada en Al Qaeda, ni que este acusado y los otros cuatro --Khaled Bakel, Lyes Sihamida, Salim Zerbouti y Soufiane Sadji-- tuvieran como misión conseguir materiales para la fabricación de bombas con las que cometer atentados.

Las investigaciones comenzaron después de que un individuo español avisara a principios de 2005 de que un grupo de argelinos le habían propuesto proporcionarle hachís a cambio de explosivos. La Guardia Civil consideró que podía tratarse de un "potencial e inminente riesgo para la seguridad", teniendo en cuenta, entre otras cosas, "la proximidad de la fecha del aniversario del atentado del 11 de marzo", y comenzó a controlar los contactos telefónicos entre el colaborador y los argelinos, así como los encuentros que se mantenían.

Sin embargo, la sentencia no considera probado que en las reuniones se hablara de la adquisición de explosivos y, en cambio, cree más probable que los contactos respondieran a una petición de ayuda por parte del confidente a los argelinos para un desembarco de hachís en las playas de Alicante y en un traslado de 25 kilos de cocaína por carretera desde esta ciudad a Madrid.

SOLO HABLA DE GOMA 2 EL CONFIDENTE

Es más, la sentencia subraya que las únicas veces que en las conversaciones entre el confidente y el primero de los argelinos que apareció en escena --Khaled Bakel-- aparece el término 'goma 2' es en boca del colaborador de la Guardia Civil.

Además, el tribunal recuerda que los investigadores detectaron que el colaborador les trasladaba "una información que no se correspondía con lo que ellos detectaban por sí mismos de la audición de las conversaciones telefónicas", motivo por el que "ante la sospecha de que estuviera manipulando en su interés (posiblemente económico)" la información, decidieron suspender los contactos.

En conclusión, la Sala considera que el confidente, que declaró en el juicio como 'testigo protegido', tenía "motivaciones bien distintas que las propias de una sincera colaboración", tal y como denunciaron los propios agentes, que apuntaron a la pretensión de "motivaciones económicas y obtención de beneficios judiciales". El confidente fue condenado en 2004 a tres años de prisión por un delito contra la salud pública.

En esta primera fase, la Guardia Civil sólo identificó a Bakel y a Lyes Sihamida como los argelinos que contactaban con el colaborador y los conocidos de éste.

Sin embargo, a pesar de la ausencia de resultados que apuntaran al yihadismo en esta primera fase, continuaron las pesquisas policiales durante unos meses, fundamentalmente a través de observaciones telefónicas sobre Bakel y Sihamida, así como sobre un tercero, Said Bouchema, que se identificó como "una persona piadosa que ayudaba a los argelinos con problemas económicos o de otra índole" y al que atribuyeron "un pensamiento enmarcado en posturas yihadistas".

En este contexto, en septiembre de 2005, los investigadores detectaron que los ahora enjuiciados iniciaban la búsqueda de una sustancia explosiva a la que ellos mismos llamaban "mercurio rojo", y sobre la que decían que "generaba mucho dinero". Para ello, llegaron a contactar con una persona en Dinamarca, a la que Sihamida le trasladó que sabía que el coste de esta sustancia era de 100.000 euros por tres gramos.

No obstante, el tribunal no considera que haya quedado acreditado que las conversaciones telefónicas en las que se habló de 'mercurio rojo' "respondieran a la idea de adquirirse por los acusados auspiciados por Said Bouchema" con la intención de "fabricar bombas a fin de prestar apoyo al GSPC".

Además, la sentencia recuerda que en la vista oral compareció un informante del Consejo de Seguridad Nuclear, que explicó que este organismo "no tiene conocimiento de la existencia o uso de ninguna sustancia que se conozca con este nombre" y que se utilice por sus propiedades nucleares o radiactivas y ni siquiera posee "información fidedigna sobre su existencia ni sobre su naturaleza".

El responsable del CSN aseguró desconocer si la composición del 'mercurio rojo' puede utilizarse como detonador de armas, pero negó que posea propiedades nucleares y añadió que "no se puede utilizar para construir una bomba sucia". En su opinión, esta sustancia "se enmarca en la leyenda urbana".

"CARÁCTER LEGENDARIO" DEL MERCURIO ROJO

En el mismo sentido se pronunció un miembro del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, quien defendió que se trata de un término "notablemente ambiguo", bajo el que no figura "ningún producto" en sus bases de datos, por lo que sólo le atribuyó un "carácter legendario".

Durante el juicio, uno de los acusados reconoció que entró en una farmacia para preguntar por el 'mercurio rojo', al que varios procesados otorgaron propiedades en el mundo de la "brujería". Todos negaron que pretendieran cometer atentados terroristas.

En definitiva, la Sala considera que la prueba practicada no pone de manifiesto que los acusados buscaran material explosivo ni 'mercurio rojo', aun entendiendo que esta sustancia exista, para fabricar artefacto alguno, ni que constituyeran una célula de apoyo al GSPC argelino.

Por ello absuelve a los cinco acusados del delito de colaboración con organización terrorista y del que subsidariamente se les atribuía en relación a una conspiración para cometer estragos.

No obstante, condena a Bouchema a un año de cárcel por receptación, en relación con la cantidad de artículos de electrónica, telefonía, perfumería y joyería que encontraron en su casa y el local que regentaba y cuya propiedad no se pudo acreditar.

Mientras tanto, condena a Sihamida y a Sadji a ocho años de cárcel por tenencia de útiles para la falsificación, relativo a la incautación en el domicilio que compartían de una máquina lectora de tarjetas magnéticas y un ordenador portátil con programas informáticos para la duplicación de tarjetas. Además a Sihamida le impone otro año y medio de cárcel por falsificación en documento oficial.

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