Archivo - Entrada a la Audiencia Nacional, en Madrid, (España). - Alejandro Martínez Vélez - Europa Press - Archivo
MADRID, 13 Oct. (EUROPA PRESS) -
Afectados por la presunta estafa piramidal con criptomonedas de Arbistar han recurrido la prórroga de la investigación acordada por el juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama, ya que consideran "brillante" la fase de instrucción y "más que suficientes" las pruebas que demostrarían la actividad delictiva de esa compañía.
La semana pasada, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 4 prorrogó la instrucción de esta causa otros seis meses, hasta abril de 2023, al estar pendiente de practicar una serie de nuevas diligencias y ante el carácter "especialmente complejo" de lo investigado, con un "excelso" número de perjudicados y su extensión, más allá de España, a otros países de Europa, a Asia y a América.
Esta presunta estafa piramidal con criptomonedas habría dejado un saldo de más de 100 millones de euros estafados y más de 30.000 perjudicados en todo el mundo, desde España hasta Irán, Bulgaria, Colombia o Argentina, entre otros países, como detalló el juez. El caso estalló en otoño del año 2020 con las primeras denuncias hasta que, después de pasar por los juzgados de Arona, en Tenerife, la investigación recaló en abril de 2021 en la Audiencia Nacional.
Para afectados por la 'criptoestafa' hay bastante prueba que acreditaría ese delito y, por ello, defienden que se cierre la instrucción de la pieza principal, donde se investiga a Arbistar, además, por organización criminal y falsedad en documento mercantil.
"Se ha realizado una brillante instrucción por parte del Juzgado, lo que ha permitido consolidar pruebas más que suficientes del delito continuado de estafa agravada, y de los delitos de organización criminal y falsedad en documento mercantil", sostienen.
En un escrito remitido al juez Calama y al que ha tenido acceso Europa Press, el despacho Aránguez Abogados incide en que las acusaciones particulares han tenido año y medio para aportar pruebas y poder proponer que se practicaran nuevas diligencias, sin que haya nuevos hechos ni en los últimos meses se hayan pedido diligencias.
SÍ A LA PRÓRROGA POR BLANQUEO DE CAPITALES
Para esta parte, que representa a afectados, que esté pendiente una ampliación "ya acordada" del informe de la Guardia Civil sobre 'Community Bot', el programa de Arbistar que produciría ganancias a sus usuarios, "no justifica" la tercera prórroga de la instrucción, pues --explican-- sería válido aunque se reciba tiempo después.
Resaltan que se ha producido un "enorme" daño económico a casi 6.000 denunciantes, que los investigados no están sometidos a estrictas medidas cautelares y que, como dijo el filósofo Séneca, "nada se parece tanto a la injusticia como la Justicia tardía".
Así, rechazan que se continúe con la fase de investigación en la pieza principal que indaga sobre la supuesta estafa para que se siga adelante con el proceso de cara a un juicio. En cambio, se muestran a favor de la prórroga de la pieza separada por un presunto blanqueo de capitales, al quedar pendientes "numerosas" comisiones rogatorias y por incluir nuevos investigados que "ni siquiera" han declarado.
Entre las diligencias pendientes de realizar, detalló el magistrado en su auto, está el resultado de diversas comisiones rogatorias y órdenes europeas de investigación. En concreto, una OEI dirigida a las Autoridades Judiciales de Malta y tres rogatorias dirigidas a las autoridades judiciales de Islas Caimán, Reino Unido y Hong Kong que darán lugar, a su vez, a nuevas averiguaciones.
EL 'MODUS OPERANDI'
Calama detalló en su auto las acciones de los investigados, que consistían en la comercialización, a través de una página web y en diversos eventos sociales, del uso de determinados programas de inversión mediante herramientas informáticas o 'Community Bot', las cuales ejecutaban órdenes de compra y venta automatizadas.
Todo ello con el fin de ofrecer a sus potenciales clientes la enajenación de criptomonedas en diversos mercados específicos para tal divisa virtual garantizándoles, de esta forma, una revalorización de sus ahorros de entre un 8 % y un 15 % mensual, y con la sola salvedad de que durante un plazo de carencia prudencial de dos meses no podrían llegar a disponer de su dinero.
A su vez, explicaba el magistrado, también se les permitía contratar una cuenta de ahorro digital de terceras empresas ajenas a su negocio en la que poder depositar su inversión monetaria e incluso utilizar una tarjeta de crédito virtual diseñada por una de sus filiales para que pudieran llevar a cabo pagos 'online'.
"De esta forma, el cliente suscribía un pliego de condiciones particulares" con la compañía "para poder adquirir tal producto, quien recibía sus euros o criptodivisas y se encargaba de invertir dicho dinero, sin que el cliente corriese ningún riesgo por tal inversión (al asegurarse su éxito) y sin que soportase coste alguno, al convenirse que de la futura revalorización de su dinero", el 30% sería para Arbistar 2.0 SL y el 70%" para el usuario, resumía.