(Amp).- La Comisión Disciplinaria del CGPJ propone la exclusión de la carrera judicial de la juez de Motril (Granada)

Actualizado: miércoles, 21 noviembre 2007 18:40

Sólo estudió las faltas en los casos de A.S. y E.A.I. pero no las del caso de José Maldonado, al estar aún en manos del TSJA

MADRID, 21 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) decidió en su reunión de hoy proponer la exclusión de la carrera judicial de la titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Motril (Granada), Adelina Entrena. Se trata de una propuesta que elevará al Pleno del CGPJ, encargado de pronunciarse sobre el asunto.

Los hechos valorados guardan relación con las causas penales del Juzgado de Motril en el que figuran los internos con iniciales A.S. y E.A.I., hechos que la Comisión Disciplinaria ha valorado, por unanimidad, como constitutivos de cuatro infracciones disciplinarias muy graves de desatención de competencias judiciales.

El instructor del caso ya había considerado que Entrena había cometido dos faltas muy graves en el caso de A.S., un hombre acusado de maltrato que fue condenado a siete meses de cárcel y que, pese a haber recurrido la sentencia, permaneció encarcelado tras haber cumplido el plazo máximo de prisión provisional sin sentencia firme.

El inspector también había visto otras dos faltas muy graves en el caso del segundo, a quien Entrena condenó a seis meses de cárcel tras lo que el preso recurrió la sentencia y se envió el caso a la Audiencia provincial sin que la juez advirtiese de que a E.A.I. también le faltaba un mes para el cumplimiento de la mitad de la pena --plazo máximo para la prisión provisional--. Cuando el tribunal ratificó la sentencia se había excedido en dos meses la mitad de la condena. Finalmente, el penado salió de la cárcel un mes después de haber cumplido su condena.

Así las cosas, tres de estas cuatro infracciones muy graves de Entrena contaron con cuatro votos a favor y uno en contra, ya que en el vocal Juan Pablo González ha entendido que en las tres faltas muy graves la sanción debiera de ser la de suspensión por un tiempo de tres años y no la separación definitiva de su carrera.

Respecto a la cuarta de las infracciones muy graves, la comisión, por unanimidad, entendió procedente elevar al Pleno del CGPJ --que se reúne el próximo miércoles-- la propuesta de sanción de seis meses y un día de suspensión de funciones.

La comisión valoró únicamente aquellos hechos que ya no son objeto de enjuiciamiento por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 415 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Conforme a ello, no estudió hoy la actuación de Entrena en el caso de José Campoy Maldonado, para quien la juez no dictó el mandamiento de libertad a pesar de haber sido absuelto en su juicio.