AMPL.-Gürtel.- El juez Pedreira confirma que Valencia debe investigar la rama de los trajes entregados a cargos públicos

Actualizado: miércoles, 15 diciembre 2010 19:58

MADRID, 15 Dic. (EUROPA PRESS) -

El juez que instruye el 'caso Gürtel' en Madrid, Antonio Pedreira, ha confirmado la inhibición parcial que acordó el pasado julio respecto al Tribunal Superior de Justicia de Valencia para que investiga la parte relacionada con la entrega de trajes a altos cargos de la Generalitat valenciana.

En un auto fechado hoy, al que tuvo acceso Europa Press, el magistrado desestima el recurso interpuesto por el Partido Popular contra el auto de 28 de julio de 2009 en el que se inhibía de esta parte.

El recurso del PP se interpuso el 3 de agosto de 2009, pero la resolución del recurso se paralizó al archivar el TSJV la causa de los trajes que implicaban a la Generalitat valenciana. No obstante, el Tribunal Supremo ordenó en mayo de 2010 la reapertura de la causa, por lo que Pedreira retomó la resolución del citado recurso del PP.

De este modo, confirma que Valencia investigue a los imputados Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez Alonso, alias 'El Bigotes', en relación con las eventuales entregas de prendas de vestir a Ricardo Costa; a Rafael Betoret; al presidente de la Generalitat valenciana, Francisco Camps; y al vicepresidente Víctor Campos.

En los fundamentos de derecho, el juez reitera que se imputaría a Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez Alonso un delito de cohecho activo sancionado en el artículo 423 del Código Penal. "Este precepto no es sino el reverso del cohecho pasivo que se imputa a los cargos públicos de valencia", recoge.

Asimismo, el juez se muestra contrario a enjuiciar a unos y otros acusados, puesto que esgrime que "el enjuiciamiento separado de unos y otros imputados y delitos conllevaría indefectiblemente a la ruptura de la continencia de la causa".

En la resolución, el juez recalca que el recurso del PP "contiene importantes y graves inexactitudes que obligan a desestimarlo íntegramente", así como que sus alegaciones "no desvirtúan ni enervan la fundamentación jurídica del auto recurrido".